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Tasar cobros judiciales violentaría hasta tres artículos de la Constitución Política

Ronny Gudiño ronnygudino.asesor@larepublica.net | Martes 25 agosto, 2020 11:39 a. m.


Mazo de juez
Imagen con fines ilustrativos. Archivo/La República


Tres artículos de la Constitución serían irrespetados de hacerse realidad el proyecto que busca cobrar una tasa de entre un 2% y un 7% a los procesos de cobro judicial.

Así lo considera la Procuraduría, como una pequeña anotación a los diputados en caso de querer aprobarla.

Uno de ellos en entredicho sería el 41, que dice que: "todos han de encontrar reparación para las

injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales. Debe hacérseles justicia pronta, cumplida, sin denegación y en estricta conformidad con las leyes".

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Que ligado al 33, que permite que todos puedan presentar un recurso de amparo, se vería comprometido puesto que muchas personas no tendrían la posibilidad de realizar el pago; es decir, se atenta contra el acceso a la justicia.

Así como se incluye en el texto que sea la Corte Plena la que decida el mínimo y máximo de la tarifa, así como dotar a los despachos de esos recursos, lo que iría en contra del apartado en la Constitución ( Artículo 185).

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Esto porque está establecido que solo la Tesorería es la única entidad que puede pagar en nombre del Estado, así como también la única permitida a recibir los recursos que a títulos de rentas o por cualquier otro motivo, deban ingresar a las arcas nacionales.


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Esto ya que muchas personas quizás todavía no vayan a contar con solvencia para cumplir con sus compromisos.







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