Respeto a la dignidad humana
| Lunes 01 diciembre, 2014
Propuse cambiar la leyenda REO PRESO, por PERSONA DETENIDA
Respeto a la dignidad humana
Si reflexionamos respecto a la forma en que se implementó el discurso retrógrado y falso, por parte del nazismo en la década de los 40 del siglo pasado,
para justificar sin éxito lo que denominaron su necesidad de espacio vital (Lebensraum), y que ello desencadenó como sabemos; en un aberrante genocidio de aproximadamente 50 millones de seres humanos, tendremos que reconocer que en ese contexto tal cual, la psiquiatría y el derecho tuvieron una participación absolutamente protagónica en la Alemania nazi, no solo en el objetivo de la “solución final” sino además, para legitimar la aberrante experimentación seudo-científica en seres humanos.
De tal suerte, con una Europa devastada por la guerra y aún estupefacta por el traumático recuerdo de la sangre derramada, la comunidad internacional justificó la inminente necesidad no solo de crear un organismo supranacional para mantener la paz, la justicia y la libertad mundiales (luego conoceremos como la ONU), sino además se creyó en la exigencia de instaurar instrumentos jurídicos (por ejemplo la Declaración Universal de Derechos Humanos), que plasmasen principios y valores esenciales; como ejes trasversales del derecho internacional de los derechos humanos, siendo precisamente uno de ellos, el principio inalienable de dignidad del ser humano.
Posteriormente, con la necesaria e impostergable caída del comunismo, fluyeron nuevos fenómenos como la globalización y con ella, un crecimiento voraz de intereses económicos y concentración del poder, lo que ha ocasionado disparidades abismales en la distribución equitativa de la riqueza, aunado a la creación real o virtual de “enemigos” (en el discurso del penalista alemán Günther Jakobs), y de “emergencias” o necesidades no resueltas (descritas en el libro “Derecho penal de emergencias”, de Sergio Gabriel Torres), cuya esencia estimo, ha conllevado sin duda, a la implementación de un derecho penal funcionalista.
En un escenario divergente al arriba descrito, y ante el sugestivo título del libro “Qué pueden hacer las Ciencias Penales por los grupos vulnerables” (de Guillermo Tamborel Suárez), en el seno del Comité de Género del Poder Judicial en Limón, reflexionamos respecto al contenido de las Cien Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, las Reglas Mínimas para la Administración de Justicia de las personas menores de edad, los principios del Código
de Niñez y Adolescencia, y por supuesto, motivados por la campaña interna del Poder Judicial: “Póngase en los zapatos del usuario”. Así estimamos que la respuesta obligada a tal interrogante sigue siendo; tanto el respeto irrestricto a los derechos y garantías individuales de los imputados, como la conveniencia de brindarles un trato digno y decente, y particularmente más humano.
De tal suerte, estimé oportuno proponer como buena práctica institucional el 28 de agosto de este año, cambiar la leyenda REO PRESO en las carátulas de los expedientes penales por PERSONA DETENIDA, pues la primera denominación no solo ostenta una connotación lingüística y jurídica negativa, al encontrarse asociado el vocablo reo a epítetos despectivos en varios diccionarios como “antisocial”, “desaliñado”, “de modales groseros”, entre otros, además de incluir de forma indiferenciada tanto a las personas indiciadas como a las condenadas.
Fue así como el Consejo Superior implementó el cambio en dicha denominación por acuerdo del 6 de mayo de 2014.
Roy Barboza Blanco
Juez Tribunal Penal de Limón