Nuevas medidas de restricción vehicular aplicarán del 13 al 30 de abril
Nuevas medidas fueron anunciadas hoy
Este sábado el Gobierno de la República anunció las nuevas medidas de restricción vehicular sanitaria que regirán del 13 al 30 de abril.{link1}
De lunes a viernes
-Restricción diurna será de 5 a.m. a 7 p.m. aplicará por placas en todo el país, salvo lista de excepciones como transporte público, cargas, entre otros.
-En este horario no circularán:
• Lunes: 1 y 2
• Martes: 3 y 4
• Miércoles: 5 y 6
• Jueves: 7 y 8
• Viernes: 9 y 0
-Restricción nocturna total de 7 p.m. a 5 a.m., salvo las excepciones.
-Transporte público regular -sin personas de pie- funcionará de 4 a.m. a 11 p.m.
-Establecimientos con permiso de funcionamiento y que atiendan al público:
• Podrán funcionar únicamente de 5 am a 7 pm, con un aforo del 50%.
• Servicio de autoservicio de alimentación y comida sujeto a restricción vehicular y en un horario 5 a.m. a 7 p.m.
• Las 24 horas funcionará el servicio a domicilio
Lea más: Estas son las excepciones a la restricción vehicular sanitaria
Fines de semana
-Restricción vehicular total, únicamente con acceso a supermercados, abastecedores, pulperías, farmacias y centros de salud de 5 am a 7 pm.
- En ese horario no podrán circular:
• Sábado: 0, 2, 4, 6 y 8
• Domingo: 1, 3, 5, 7 y 9
-Transporte público regular -sin personas de pie- funcionará de 4:00 a.m. a 11:00 p.m.
-Establecimientos con permiso de funcionamiento y que atiendan al público:
• Deben cerrar los fines de semana.
• Servicio de autoservicio de alimentación y comida sujeto a restricción vehicular y en un horario 5 a.m. a 7 p.m.
• Las 24 horas funcionará el servicio a domicilio.
• El Ministerio de Salud establecerá mediante resolución las excepciones de establecimientos que pueden funcionar en el horario de restricción.