Los presupuestos plurianuales
| Sábado 10 enero, 2009
Los presupuestos plurianuales
El presupuesto plurianual o multianual se define como una estimación de las variables fiscales (ingresos, gastos y financiamiento) a tres o más años, con base en una proyección de las principales variables macroeconómicas, coordinadas con el Banco Central. Generalmente se proyecta para dos periodos más del presupuesto que se presenta para el año respectivo.
La utilidad de los presupuestos plurianuales radica en que constituye una herramienta para facilitar la conciliación entre los fines de la política económica, para disminuir las fluctuaciones económicas y contribuir a un mayor ordenamiento del gasto. Es fundamental que un presupuesto plurianual pueda suministrar información acerca de las proyecciones de recursos rubro por rubro, las proyecciones de gastos, así como una programa de inversiones del periodo, lo que determina que las instituciones del sector público puedan realizar una mejor programación y ejecución. Asimismo facilita la vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo.
En los últimos años se han puesto en práctica especialmente, en algunos países de América del Sur, los presupuestos plurianuales, los cuales consideran generalmente de tres a cuatro años. En el caso de Argentina se utiliza el periodo de tres años para el Presupuesto Plurianual, además de ser establecido legalmente, se considera un lapso mínimo que permite reflejar la incidencia fiscal de los programas que se han de llevar a cabo en el mediano plazo, a la vez de ser un horizonte que brinda una cierta confiabilidad a las proyecciones, principalmente de recursos y financiamiento y de variables macroeconómicas. A ello se suma la experiencia internacional en tal sentido. Igualmente se busca presentar un nivel de desagregación que permita reflejar las políticas presupuestarias, las decisiones tomadas y las realizaciones escogidas para el mediano plazo, con cuantificación de indicadores reales de esas realizaciones. La elaboración del Presupuesto Plurianual sigue, entonces, la metodología del presupuesto anual, con ciertas adaptaciones. Así, se fijan techos para cada año del trienio, con base en los cuales los organismos elaboran sus anteproyectos, que se compatibilizan con el presupuesto proyectado para el año.
En Costa Rica se pretende que las municipalidades utilicen presupuestos bianuales, me queda la duda si el cambio de instrumento sea lo que necesitan, dado que no han manejado en forma adecuada los planes anuales operativos y la vinculación de estos con el plan de Desarrollo Municipal, y no se ha dado una eficiente y eficaz ejecución de sus presupuestos de gastos. No se debe perder de vista que para aplicar los presupuestos plurianuales se debe reformar la Constitución Política dado que en el artículo 176 se recoge el principio de anualidad, es decir presupuestos anuales así como la Ley de Administración Financiera y de Presupuestos Públicos. Se debe tener presente que los presupuestos plurianuales no son la panacea para mejorar el accionar de las entidades como tampoco fue en los años 70 el presupuesto base cero.
Lic. Bernal Monge Pacheco
Consultor externo
El presupuesto plurianual o multianual se define como una estimación de las variables fiscales (ingresos, gastos y financiamiento) a tres o más años, con base en una proyección de las principales variables macroeconómicas, coordinadas con el Banco Central. Generalmente se proyecta para dos periodos más del presupuesto que se presenta para el año respectivo.
La utilidad de los presupuestos plurianuales radica en que constituye una herramienta para facilitar la conciliación entre los fines de la política económica, para disminuir las fluctuaciones económicas y contribuir a un mayor ordenamiento del gasto. Es fundamental que un presupuesto plurianual pueda suministrar información acerca de las proyecciones de recursos rubro por rubro, las proyecciones de gastos, así como una programa de inversiones del periodo, lo que determina que las instituciones del sector público puedan realizar una mejor programación y ejecución. Asimismo facilita la vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo.
En los últimos años se han puesto en práctica especialmente, en algunos países de América del Sur, los presupuestos plurianuales, los cuales consideran generalmente de tres a cuatro años. En el caso de Argentina se utiliza el periodo de tres años para el Presupuesto Plurianual, además de ser establecido legalmente, se considera un lapso mínimo que permite reflejar la incidencia fiscal de los programas que se han de llevar a cabo en el mediano plazo, a la vez de ser un horizonte que brinda una cierta confiabilidad a las proyecciones, principalmente de recursos y financiamiento y de variables macroeconómicas. A ello se suma la experiencia internacional en tal sentido. Igualmente se busca presentar un nivel de desagregación que permita reflejar las políticas presupuestarias, las decisiones tomadas y las realizaciones escogidas para el mediano plazo, con cuantificación de indicadores reales de esas realizaciones. La elaboración del Presupuesto Plurianual sigue, entonces, la metodología del presupuesto anual, con ciertas adaptaciones. Así, se fijan techos para cada año del trienio, con base en los cuales los organismos elaboran sus anteproyectos, que se compatibilizan con el presupuesto proyectado para el año.
En Costa Rica se pretende que las municipalidades utilicen presupuestos bianuales, me queda la duda si el cambio de instrumento sea lo que necesitan, dado que no han manejado en forma adecuada los planes anuales operativos y la vinculación de estos con el plan de Desarrollo Municipal, y no se ha dado una eficiente y eficaz ejecución de sus presupuestos de gastos. No se debe perder de vista que para aplicar los presupuestos plurianuales se debe reformar la Constitución Política dado que en el artículo 176 se recoge el principio de anualidad, es decir presupuestos anuales así como la Ley de Administración Financiera y de Presupuestos Públicos. Se debe tener presente que los presupuestos plurianuales no son la panacea para mejorar el accionar de las entidades como tampoco fue en los años 70 el presupuesto base cero.
Lic. Bernal Monge Pacheco
Consultor externo