Limitar el tabaquismo es urgente
Carlos Denton cdenton@cidgallup.com | Miércoles 01 abril, 2009
Carlos Denton
Solo por los costos en que incurre la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) en tratar enfermedades producidas por el tabaquismo (2,4 mil millones anuales) hay justificación para tomar medidas que reduzcan el uso de productos de este tipo en el país. Si se agregan los costos de los incendios de hogares, edificios y de pastos y bosques, provocados por un cigarrillo encendido y mal puesto; más los malos olores, las manchas en los dientes y tantos problemas más, es difícil comprender por qué la Asamblea Legislativa no ha dado trámite a legislación que limite aún más el consumo de tabaco.
Costa Rica ya firmó el Convenio Marco para el Control del Tabaco, emitido por la Organización Mundial de la Salud (OMS), pero las leyes locales no han aparecido.
La legislación vigente, quizás producto del cabildeo de las empresas productoras de tabaco, todavía reconoce los “derechos del fumador.” Para dar un ejemplo, segrega a los fumadores y los no fumadores en lugares públicos, pero todavía permite, y algunos dirían que exige, que haya un sitio donde pueden estar los usuarios del tabaco.
El convenio firmado por Costa Rica elimina del todo “los derechos” del que usa tabaco, aunque no es ilegal su posesión y consumo. El consumidor de tabaco puede comprar y usar todo lo que quiera el producto en su hogar, y puede invitar a otros fumadores a su casa para acompañarlo, pero no puede consumir nada en público, ni en las calles y los parques.
Será interesante ver la posición de los amigos del Partido Libertario frente al desafío del tabaquismo. Es seguro que ellos tienen como prioridad la protección de la libertad del individuo, pero los no fumadores tienen el derecho de no tener que respirar humo de segunda mano, que dicen los científicos es más letal que lo que inhalan directamente del cigarrillo los consumidores de tabaco.
El Convenio Marco de la OMS permite a un patrono declinar a nombrar un solicitante de empleo por el mero hecho de que esta persona fume, sin poder ser acusado de discriminación. El fumador no tendrá derechos de protección como la tienen miembros de grupos minoritarios, personas con limitaciones físicas o incluso con sida. Si el patrono se da cuenta de que la persona es fumadora porque mintió en la solicitud de empleo, o cayó en la trampa del vicio después, puede despedirla sin poder ser sometido a acusaciones de discriminación, y si mintió en la solicitud el empleado sale del trabajo sin responsabilidad patronal.
La OMS calcula que un fumador toma cinco minutos para consumir un cigarrillo. Si un trabajador sale de su lugar de trabajo en horas de labores cinco veces en un día (típico para los que padecen del vicio) labora 30 minutos menos diarios que los demás de sus compañeros. Treinta minutos diarios se convierte en 120 horas anuales —casi tres semanas de labores perdidas. No es justo ni para el patrono ni para los no fumadores que se tolere en una empresa o una institución esta situación de trato desigual.
El Convenio Marco de la OMS prohíbe la venta de cigarrillos libre de impuestos en los aeropuertos, o cualquier otro lugar y los diplomáticos, incluyendo empleados de la Organización de Naciones Unidas, tienen que pagar impuestos locales si quieren usar tabaco. Prohíbe el convenio todo tipo de propaganda y no permite que haya auspicio a eventos deportivos y culturales de parte de los productores de tabaco. Sería castigado penalmente el que venda tabaco a menores de edad.
Como un acto que promueve el progreso de Costa Rica, es urgente que la Asamblea legisle lo que exige el convenio de la OMS, y que ha sido firmado por más de 100 naciones en todo el planeta incluyendo esta.
cdenton@cidgallup.com
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