El asesinato de privados de libertad en cárceles
Vladimir de la Cruz vladimirdelacruz@hotmail.com | Miércoles 31 mayo, 2023
Con alguna frecuencia en Costa Rica, como en el extranjero, se producen situaciones por las cuales en las cárceles, los sitios donde se mantienen los privados de libertad, por decisiones judiciales, son asesinados, cuyas muertes resultan de enfrentamientos y conflictos entre los mismos detenidos, como resultado de decisiones que se toman por “pandillas”, o “líderes” de grupos de privados de libertad, que existen en los presidios, que disputan espacios o territorios dentro del presidio, y hasta fuera de las cárceles, o de negocios que se toleran entre los presidarios por las propias autoridades carcelarias, negocios de la cotidianidad de la vida en prisión, como de los que resultan del ingreso a las cárceles de drogas, con facilitación de las mismas autoridades carcelarias como por quienes los visitan, o incluso, se puede considerar la posibilidad del asesinato selectivo inducido desde fuera del penal, con colaboración interna de autoridades, o en el peor de los casos, como sucedió con el asesinato de la estudiante militante de izquierda Viviana Gallardo, por un comando policial que actuó como un Escuadrón de la Muerte, que actuó al igual que los que operaban en Guatemala y en Centroamérica, durante el periodo de las dictaduras eliminando dirigentes de izquierda, o demócratas y socialdemócratas, que eran obstáculos para las dictaduras y gobiernos militares o autoritarios, o simplemente opositores políticos antigubernamentales. El asesinato de Viviana en el Consejo de Gobierno de Rodrigo Carazo, se me dijo a mí por persona autorizada, miembro de ese Gabinete, se llegó a conocer que iba a suceder y no se pudo impedir.
De los días de prisión, en la Penitenciaría Central, de mi buen amigo, el Comandante sandinista, Plutarco Hernández, militante de izquierda, ya vinculado al Frente Sandinista de Liberación Nacional, me contaba como eran muchas de las noches de los viernes y los sábados en la prisión, donde se permitían, con “permisos” de las autoridades, ciertos, “espectáculos” donde se montaba hasta un pequeño teatro de espectáculos, a los que a veces se toleraba la llegada de “mujeres de la vida alegre”, como se les decía a trabajadoras sexuales, y venta regulada de licor, para divertimento de presos y de los mismos policías.
Como profesor universitario llevé estudiantes de visita a cárceles, principalmente a la Penitenciaría Central, en San José, para mostrar a los estudiantes, y que tuvieran un contacto visual y real, de las condiciones de vida y de hacinamiento que en ellas se vivía. Eran visitas autorizadas, y bastante cuidadas para la seguridad física de los estudiantes. Podían llevar paquetillos de cigarros para regalar. Una semana después de que hice una de esas visitas se produjo un amotinamiento, justo en las áreas donde habían estado los estudiantes, con saldo de varios rehenes y detenidos heridos. A partir de esa experiencia no volví a repetir esas visitas para no arriesgar a los estudiantes.
De la experiencia de esas visitas a las cárceles, viendo las filas de ingreso de familiares, en La Reforma, una vez pregunté por qué no ponían perros especializados a oler a todos los que ingresaban, que quedaban sujetos a un “registro” corporal, no muy minucioso, como tal vez se hagan ahora. La respuesta fue sencilla, corroborado por lo que me contaba Plutarco, de que era “necesario” para la vida carcelaria la circulación de droga, para la propia “tranquilidad” de detenidos y privados de libertad, y para “mantener cierta calma” en las cárceles.
Lo que relato corresponde a experiencias de vida de hace muchos años. Pero, las cárceles siguen siendo iguales, los privados de libertad aumentan y el hacinamiento es cada vez mayor, aunque se diga que ha reducido. La cárcel más grande de país, la Nelson Mandela, de San Carlos con capacidad para 350 privados de libertad, tiene más del doble de su capacidad. No casualmente, para aliviar ese hacinamiento y esa tensión que se produce, resultado de la falta de espacios, es que se promovió hace algunos años el uso de los brazaletes o tobilleras electrónicas de localización para “liberar” a aquellos que habían cumplido buena parte de sus condenas y mantenían estándares de conducta aceptables dentro de los presidios.
Los asesinatos en las cárceles siguen produciéndose. Solo en La Reforma y en la cárcel de Terrazas, que forma parte de la Reforma, en San Rafael de Alajuela, se han producido una docena de muertos desde el 2022, principalmente asesinados con armas blancas.
El asesinato y la muerte violenta de los privados de libertad en las cárceles no deberían suceder. El Estado costarricense, las autoridades judiciales y carcelarias, tienen la obligación de garantizar la vida de los detenidos bajo su detención, bajo su “cuidado” carcelario. Si una persona es detenida y privada de libertad es llevada a un centro de detención con vida, con vida debe garantizar el Estado que va a permanecer en ese sitio y que con vida va a salir, si la condena n le lleva a morir en prisión por e largo tiempo que deba permanecer.
Los privados de libertad, como seres humanos, gozan al igual que los ciudadanos, de una serie de derechos, entre otros, como el derecho a la vida, a la adecuada convivencia, a la segura protección de su integridad física, tanto de los mismos privados de libertad como de las propias autoridades que podrían abusar de los detenidos con maltratos, tratos crueles, degradantes o inhumanos, torturas, castigos físicos o psicoemocionales, a la confidencialidad y protección de sus datos personales, a una adecuada convivencia en el presidio, a ser tratado humanamente en el presidido, a permitirle estudio en la prisión como se hace con los proyectos académicos que la UNED tiene con presidiarios, muchos de ellos logran graduarse con éxito. También se les permite una visita conyugal cada 15 días. Tienen limitado el recibo de paquetes y objetos que están prohibidos en las prisiones.
El encierro carcelario, en la forma que opera, produce un aislamiento brutal, ocioso, aburrido, que daña la salud mental de los detenidos, independientemente de grado penitenciario en que se encuentren, régimen cerrado, ordinario o de semilibertad en que se encuentren.
Las cárceles costarricenses albergan alrededor de los 15.000 privados de libertad. Representan dos detenidos por cada 200 habitantes del país. El mantenimiento diario de un privado de libertad ronda los 50.000 colones.
Las cárceles siguen cumpliendo una finalidad básica, separar del entorno social a quien produzca un delito o un acto contrario a la ley que obligue a encerrarlo, de manera que se proteja al resto de los ciudadanos, y, en cierta forma, se busca reeducar al detenido para que al lograr su libertad pueda reinsertarse positivamente en la sociedad.
Esos muertos, por asesinatos en las cárceles, tienen un valor, no solo humano, sino económico, como sucede con todas las personas sobre las cuales se puede demandar ese valor. De esos asesinatos nunca he oído que se demande al Estado, en la institución carcelaria a cargo, que debió garantizar su vida, para que sus deudos reciban al menos ese pago, ese reconocimiento.
Cuando estudiaba Derecho, y litigaba al amparo de los abogados Jaime Cerdas Mora y Rodolfo Cerdas Cruz, una vez se produjo un accidente por el cual un niñito cayó en una alcantarilla del centro de la ciudad, en la cual perdió su vida. Por ese niñito se le pagó a sus padres, por disposición judicial, la suma de cinco mil colones, a principios de la década de 1970, mientras en esa misma instancia se ordenaba pagar por la muerte de un caballo la suma de más de tres millones de colones.
Una persona que entra con vida a un presidio el Estado y sus carcelarios deben garantizar que estará con vida mientras este detenido. Los abogados penalistas defensores de los privados de libertad, y representantes de sus familias, deberían preocuparse por estas situaciones. ¿Entonces, cuánto vale la vida del ser humano privado de libertad?
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