Cuatro fechas que los agricultores tienen que recordar por el IVA
El nuevo impuesto trae algunos cambios para las responsabilidades del sector agricultor.
El IVA, que entró en vigor hoy, trae algunos cambios en las tarifas y responsabilidades del sector agricultor.
Por eso, el Ministerio de Agricultura y Ganadería les recordó a los productores de bienes de la canasta básica que ya deben estar inscritos en el registro de comercializadores, productores y distribuidores de Hacienda.
También, hay cuatro fechas futuras para las cuales deben estar pendientes los agricultores:
1. Setiembre 2019: inicia el registro de personas productoras, físicas y jurídicas, según corresponda, que durará cinco meses y se organiza por los últimos dos dígitos de la cédula.
Tienen que estar registrados ante alguna de estas tres entidades: Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Servicio Fitosanitario del Estado o el Servicio Nacional de Salud Animal.
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2. 15 de octubre 2019: fecha límite para la declaración del IVA de julio, agosto y setiembre para los productores exclusivos de bienes agropecuarios contenidos en la Canasta Básica Tributaria o de las materias primas indispensables para la producción de estos bienes.
A partir de noviembre de este año, las declaraciones serán mensuales.
3. 30 de Junio de 2020: hasta esta fecha están exonerados del IVA los insumos agropecuarios, veterinarios y de pesca no deportiva.
4. Julio 2020: se exigirá a los productores estar inscritos ante alguna de las tres entidades, con el fin de que obtengan el respectivo código tributario que les facilitará acceso a los beneficios contemplados en la Ley.