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Cuatro fechas que los agricultores tienen que recordar por el IVA

Christine Jenkins cjenkins@larepublica.net | Lunes 01 julio, 2019 04:29 p. m.


Sector agricultor
El IVA trae algunos cambios en las tarifas y responsabilidades del sector agricultor. Shutterstock/La República.


El IVA, que entró en vigor hoy, trae algunos cambios en las tarifas y responsabilidades del sector agricultor.

Por eso, el Ministerio de Agricultura y Ganadería les recordó a los productores de bienes de la canasta básica que ya deben estar inscritos en el registro de comercializadores, productores y distribuidores de Hacienda.

También, hay cuatro fechas futuras para las cuales deben estar pendientes los agricultores:

1. Setiembre 2019: inicia el registro de personas productoras, físicas y jurídicas, según corresponda, que durará cinco meses y se organiza por los últimos dos dígitos de la cédula.

Tienen que estar registrados ante alguna de estas tres entidades: Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Servicio Fitosanitario del Estado o el Servicio Nacional de Salud Animal.

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2. 15 de octubre 2019: fecha límite para la declaración del IVA de julio, agosto y setiembre para los productores exclusivos de bienes agropecuarios contenidos en la Canasta Básica Tributaria o de las materias primas indispensables para la producción de estos bienes.

A partir de noviembre de este año, las declaraciones serán mensuales.

3. 30 de Junio de 2020: hasta esta fecha están exonerados del IVA los insumos agropecuarios, veterinarios y de pesca no deportiva.

4. Julio 2020: se exigirá a los productores estar inscritos ante alguna de las tres entidades, con el fin de que obtengan el respectivo código tributario que les facilitará acceso a los beneficios contemplados en la Ley.


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