Jueves, 25 de junio de 2026

Contribuyentes tendrán que registrar ante Hacienda todos los números de SINPE Móvil

Objetivo del gobierno es frenar la evasión fiscal

Esteban Arrieta|earrieta@larepublica.net
Jueves, 25 junio 2026
Contribuyentes tendrán que registrar ante Hacienda todos los números de SINPE Móvil

Dentro de poco, todos los dueños de negocios y otros contribuyentes como los profesionales independientes tendrán que registrar ante el Ministerio de Hacienda los números de SINPE Móvil que utilicen para manejar sus ingresos, por orden del Ministerio de Hacienda.

El objetivo, según explicó Miguel Ángel Solís Sánchez, director general de Tributación, es combatir la evasión fiscal a través del SINPE Móvil.

El uso de SINPE Móvil en Costa Rica alcanzó cifras históricas durante 2025, consolidándose como una herramienta fundamental en la economía cotidiana del país.

Los usuarios transfirieron un total de ¢12,5 billones a lo largo del 2025. Este monto representó un incremento cercano al 15% en comparación con los ¢10,9 billones registrados en 2024.

“En nuestras acciones de control nos hemos encontrado importantes indicios de evasión por medio del SINPE Móvil, pues hay contribuyentes que reciben sus pagos por este medio para no reportarlos a Tributación y así no pagar los impuestos que corresponden”, afirmó Solís.

El viceministro de Ingresos, Víctor Carvajal, aclaró que la medida no crea ningún impuesto nuevo ni establece cobros o comisiones sobre las transacciones.

“No estamos poniendo un impuesto al SINPE, ni tampoco estamos estableciendo cobros o comisiones. El propósito es contar con información que permita garantizar a los costarricenses una adecuada gestión de los ingresos tributarios”, enfatizó Carvajal.

La reforma se suma a la obligación ya existente de consignar en los comprobantes electrónicos el medio de pago, con el fin de dar mayor trazabilidad a las operaciones de los contribuyentes. Una vez concluida la consulta pública, el Ministerio de Hacienda continuará con el trámite para su formalización y publicación.

TIPO DE CAMBIO

Fuente:
Banco Central de Costa Rica
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