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FORO DE LECTORES


Apertura del mercado del transporte de personas

Carlos Ubico Carlos.Ubico@ariaslaw.com | Jueves 08 noviembre, 2018

Foro lectores

En atención a la constante problemática política y jurídica respecto a las economías colaborativas de transporte en nuestro país, y su convivencia con los modelos “clásicos o tradicionales” (taxi y los llamados SEETAXI), resultada fundamental analizar el modelo óptimo hacia el cual se debe dirigir el país en estos temas.

Para ello es importante determinar qué es lo que existe jurídicamente, qué hay en la realidad y cuál modelo sería el ideal. En la actualidad lo cierto es que tenemos un mercado cautivo de transporte, en el cual un número limitado de personas posee un título habilitante para tener una concesión de taxi y/o un permiso de SEETAXI. Es decir, solo unas pocas personas pueden ejercer, bajo los modelos “tradicionales”, el servicio de transporte. Incluso, argumentan algunos, incluido el gobierno, que la prestación del servicio de transporte, bajo otras modalidades, como es el modelo de economía colaborativa de Uber, es ilegal.

Ahora bien, más allá de la discusión de la legalidad o ilegalidad de Uber —dejando claro eso sí, que la posición del autor, siempre ha sido clara sobre la legalidad de la prestación del servicio por medio de esta forma de economía colaborativa— ciertamente la realidad demuestra que coexisten no solo las figuras “tradicionales”, sino también otros modelos, que han surgido de la innovación y por las nuevas tecnologías.

Bajo este panorama, actualmente la prestación del servicio de transporte la están dando no solo los taxis y los SEETAXIS, sino también, bajo otras modalidades, Uber e incluso los llamados “piratas”. La realidad está demostrando que existe mercado suficiente para la convivencia de los diferentes modelos de transporte, y que el mercado cautivo que tienen los taxis y SEETAXIS no tiene razón de ser.

Así las cosas, surgen las siguientes interrogantes: ¿cuáles son las razones para mantener ese mercado cautivo? ¿Por qué limitar la prestación del servicio de transporte únicamente al número limitado de personas que obtuvieron su concesión de taxi y/o su permiso de SEETAXI, si el artículo 46 de la Constitución Política consagra la libertad de empresa? No parece existir una razón jurídica ni económica que sustente este mercado cautivo.

En este sentido, el gobierno ha indicado públicamente que está trabajando en un proyecto de ley para regular el transporte, incluyendo las economías colaborativas. Sin embargo, son muy preocupantes las manifestaciones en el sentido de que el gremio de taxis va a trabajar, en conjunto con el gobierno, en la redacción de dicho proyecto de ley. Desde el momento que el grupo que mantiene ese mercado cautivo, y que además se ha manifestado públicamente en contra de los modelos de movilidad colaborativa, va a ser corredactor de la propuesta de reforma legal, nos lleva a pensar que no existirá imparcialidad, lo cual irá en detrimento al final del día de los ciudadanos y usuarios del servicio de transporte.

En razón de lo anterior, lo más razonable sería la promulgación de una reforma legal para la apertura del mercado, en la cual cualquier persona que desee prestar el servicio de transporte de personas pueda hacerlo, previa autorización administrativa del Estado. Autorización administrativa, que por su naturaleza no podría ser rechazada si el administrado cumple con los requisitos que establezca una futura ley, los cuales deberían ser, para garantizar la calidad del servicio y seguridad del usuario, los siguientes: licencia al día, RITEVE al día y una póliza de responsabilidad civil. En el tanto y el cuanto el administrado cumpla con esos requisitos, se le otorgaría la autorización administrativa para prestar el servicio, en un mercado abierto. Todo lo anterior, para el beneficio de los usuarios finales y la colectividad, y no de un número limitado de personas.









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