Rodrigo Chaves trata de influir en decisión electoral de los votantes, según TSE
Mandatario no será sancionado, pero investigación por beligerancia continúa
Al concluir que el presidente Rodrigo Chaves hizo manifestaciones que lesionan la libre determinación de los votantes, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) declaró por unanimidad un recurso de amparo electoral interpuesto por Claudio Alpízar, líder y candidato del partido Esperanza Nacional.
La decisión del órgano electoral no establece de ninguna manera sanciones específicas para el mandatario, pero sí reconoce que Chaves violentó los derechos fundamentales de la ciudadanía.
Es por ello que el TSE giró instrucciones al presidente para que esto no vuelva a ocurrir, por medio de una prevención.
“El TSE concluye que, con su accionar y, en concreto, con la expresión de las manifestaciones que han sido objeto de examen en el presente asunto, el señor Presidente de la República incurrió en actuaciones que, por su carácter reiterado y su innegable gravedad, afectaron derechos fundamentales del amparado, de manera directa, y del electorado, en forma refleja, en específico los derechos a la libertad del sufragio y al derecho de sufragio pasivo por alteración de la equidad de la contienda electoral”, indicó el TSE por medio de un comunicado de prensa.
El 25 de marzo anterior, Alpízar acudió al TSE para presentar un recurso de amparo electoral, alegando que el mandatario ha incurrido en un uso indebido de recursos públicos con fines electorales, lo que según él representa una violación tanto de la Constitución Política como del Código Electoral.
Esto, por medio de la investidura presidencial y los canales oficiales del Ejecutivo —incluidas las conferencias de prensa semanales— para “construir una narrativa que favorece a un sector o partido específico”, en alusión al respaldo sistemático hacia figuras políticas afines y la promoción de un “proyecto político de continuidad”.
“El señor Chaves Robles aprovechó ilegítimamente su investidura y la preponderancia de su imagen para favorecer un programa político específico, lo cual afecta negativamente los intereses de otras plataformas partidarias que se presentan como alternativas de oposición”, agregó el TSE.
Finalmente, el órgano electoral aclaró que lo resuelto en este amparo no supone un adelanto de criterio en relación con otros procesos como las denuncias por supuesta beligerancia política en contra del señor Chaves Robles que se tramitan en otros expedientes.