Patronos deben otorgar permiso a trabajadores para ir a votar
Esta obligación aplica tanto para la primera ronda como para una eventual segunda ronda electoral, de acuerdo con el Código de Trabajo.

Todo empleador debe conceder el tiempo necesario, con goce de salario, a sus trabajadores para que puedan ejercer el derecho al voto en las elecciones presidenciales, según explicó Marco Durante, socio director de BDS Asesores.
Esta obligación aplica tanto para la primera ronda como para una eventual segunda ronda electoral, de acuerdo con el Código de Trabajo.
“El ejercicio del voto es un derecho constitucional que no puede verse limitado por la jornada laboral. La legislación costarricense es clara en cuanto a la obligación patronal de otorgar el permiso correspondiente, sin afectar el salario ni generar consecuencias disciplinarias”, dijo Durante.
De acuerdo con la normativa vigente, el empleador no puede sancionar, despedir, rebajar el salario ni aplicar medidas disciplinarias por el ejercicio del derecho al voto o por la integración de juntas receptoras de votos.
Por otra parte, está prohibido ejercer presión, influencia o coacción sobre los trabajadores respecto a su preferencia política y, además, durante la jornada laboral no se permite la realización de propaganda político-electoral dentro del centro de trabajo.
“Respetar la libertad de las personas trabajadoras para escoger su partido político de preferencia es un principio fundamental en las relaciones laborales. Se recomienda a las empresas mantener una postura neutral y garantizar un ambiente de respeto, especialmente durante los procesos electorales”, explicó el especialista.


