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Choferes no podrían negar servicio a nicaragüenses que aborden buses en la frontera

Jeffry Garza jeffrygarza.asesor@larepublica.net | Domingo 31 mayo, 2020 11:05 a. m.


Un bus blanco en fondo rojo
Imagen con fines ilustrativos. Shutterstock/La República


Los choferes están impedidos por ley a negar el servicio de bus a una persona por su nacionalidad o lugar de residencia, por lo que la Cámara Nacional de Transportes (Canatrans) solicitó al Consejo de Transporte Público (CTP) aclarar la orden de pedir cédulas a los pasajeros en la zona fronteriza.

Dicha orden no permitiría el ingreso de pasajeros, en las rutas que operan en la zona fronteriza con Nicaragua, si no muestran su identificación o documento que respalde su residencia en el país.

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Aunque Canatrans respeta la directriz emitida por el CTP, en primera instancia, no queda claro cómo los choferes deben asumir dicha responsabilidad, ya que esto, difiere con lo establecido en el artículo 47 de la Ley de Tránsito, sobre las causas para impedir el ingreso o bien, desabordar pasajeros.

“El conductor no tiene el poder de policía para negar el servicio a las personas. Para negar el servicio a una persona, tenemos necesariamente que pedir colaboración a las autoridades, en este caso, a la Fuerza Pública o Migración que están destacadas en la zona y que estarían debidamente autorizadas para solicitar a los usuarios, no abordar la unidad”, explicó Silvia Bolaños, directora ejecutiva de Canatrans.

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“En ese sentido, estamos dispuestos a colaborar, sin embargo, creemos que la competencia no recae en este sector”, agregó Bolaños.


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