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Amparo de fe

Pedro Oller poller@ollerabogados.com | Martes 17 agosto, 2010



Amparo de fe


Hay que celebrar la resolución de la Sala Constitucional que, a propósito de un recurso de amparo presentado en contra del Tribunal Supremo de Elecciones, puso fin al desaguisado referéndum que pretendía decidir sobre las uniones civiles entre personas del mismo sexo.
Celebrarlo porque la decisión de la Sala Constitucional es un espaldarazo a los derechos humanos y al respeto de las minorías.
No es, como han querido ver los perdidosos, una intromisión de la Sala Constitucional en materia que no le compete y que se asigna, absolutamente, al Tribunal Supremo de Elecciones.
No hay vencedores ni vencidos, sino una revalidación de los derechos fundamentales que son la razón misma del recurso de amparo y que, como bien indica la Sala, son de especial consideración para aquellos que “son un grupo en desventaja y objeto de discriminación que precisa del apoyo de los poderes públicos para el reconocimiento de sus derechos constitucionales”.
Así, deba decirse también, el amparo venga con regañada incluida, al ordenarle al Presidente del TSE “abstenerse de incurrir de nuevo en tales conductas”. Y, agregaría quien escribe, recordarle que las funciones de la Tribunal no son solamente las de verificar si formalmente una consulta o un proceso electoral cumple con los requerimientos. Su función, según lo establece claramente el artículo 102 de la Constitución Política, es la de salvaguardar la constitucionalidad, legalidad y libertad en materia electoral.
La sentencia es, como decía ayer don Fernando Cruz a la colega columnista, Vilma Ibarra, una revalidación de la democracia constitucional costarricense frente a la posibilidad de una democracia plebiscitaria que, con ocasión de la figura del referéndum, vendría a condicionar el tipo de país que tenemos, no solamente el que anhelamos.
Un país que esperamos se siga distinguiendo por su pluralismo, y no por ser monotemático en sus posiciones. Que se nutra de nuestras diferencias y se reconozca en ellas. Y que, como en este caso en particular, legitime a las minorías y les ampare.
Esta es la sentencia más francesa de la Sala. Rompe con ese posible orden despótico que se consigue al homogeneizar la sociedad y nos recuerda que vivimos en una democracia republicana. Decía Rousseau: “Todos los hombres son iguales en el gobierno republicano así como en el despótico: en el primero porque lo son todos, en el segundo no son nada, en un caso la igualdad de los súbditos nace en la servidumbre que no reconoce rangos ni diferencias, en otra, de la plena participación de los ciudadanos en el orden político”.

Pedro Oller

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