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COLUMNISTAS


Acabemos con las provincias como división administrativa

Vladimir de la Cruz vladimirdelacruz@hotmail.com | Miércoles 06 marzo, 2019


La propuesta de “Poder Ciudadano Ya” que se discute en la Asamblea Legislativa con el propósito de cambiar el sistema electoral costarricense, nos mete sin lugar a dudas, y querámoslo o no, en una gran discusión política y administrativa, que debemos enfrentar.

La propuesta de modificar el sistema electoral pasa por la creación de 42 zonas electorales, llamados distritos electorales, cada una de las cuales elegirá un diputado, o tendrá derecho a una diputación. Con esto se acaba la elección de diputaciones por provincia.

El sistema de elección de diputaciones por provincia viene desde el siglo XIX. Las provincias se habían desarrollado a partir de 1848, cuando se crearon las primeras cinco, San José, Alajuela, Cartago, Heredia y Guanacaste. En esa misma reforma se crearon las comarcas de Puntarenas y Limón, más tarde convertidas en provincias, siendo Limón la última a principios del siglo XX. Antes de las provincias existieron los Departamentos Occidental, Oriental y el de Guanacaste, desde 1835 hasta 1848.

Las provincias con su estructura llegaron a tener un alto funcionario político que fue el gobernador de la provincia, figura que llegó administrativamente hasta el gobierno de José María Figueres, 1994-1998, cuando por última vez fungieron o fueron nombrados los gobernadores. De hecho, ya se les habían venido quitando muchas funciones, y en la práctica se habían vuelto decorativos, sin incidencia política alguna.

En esto contribuyó una tendencia que se venía fortaleciendo de darles más poder y presencia a los cantones y a las autoridades cantonales. Esta tendencia culminó en 2002 cuando se empezaron a elegir los alcaldes de manera directa y separada, a lo que siguió la elección, desde 2006, de todos los miembros de los concejos municipales, distritales e intendencias, también de manera separada, en diciembre del año electoral, hasta que en 2010 se dispuso que transitoriamente en esa elección los electos durarían seis años en ejercicio de su cargo, para normalizar a partir de 2016 nuevamente periodos de cuatro años de gobiernos municipales, a medio periodo de gobierno nacional. Así se realizarían las elecciones nacionales de presidente y diputados separadas con un lapso de dos años de las elecciones de alcaldes, intendentes y miembros de los concejos municipales y distritales, como funciona hoy. Por eso estamos a las puertas de las elecciones municipales de 2020, dos años después de las nacionales de 2018.

En esa misma tendencia de fortalecer los cantones se dispuso asignarles recursos presupuestarios nacionales, lo que no se ha cumplido como debería ser.

Hoy tenemos siete provincias y 82 cantones, contando el recién creado de Río Cuarto, de Grecia, en la provincia de Alajuela, y alrededor de 486 distritos administrativos en todo el territorio nacional.

Las diputaciones actuales se nombran en correspondencia al número de habitantes de cada provincia, según los censos decenales. Ello hace que una vez definida esa cantidad de ciudadanos y habitantes, el Tribunal Supremo de Elecciones determine cuántas diputaciones le corresponden a cada provincia, pudiendo cambiar hacia arriba o hacia abajo el número de diputaciones de algunas.

A la hora de elegir esas diputaciones los partidos políticos han seguido la práctica de colocar en el orden de elección, de arriba hacia abajo, a los candidatos que representan los cantones, o las ciudades o pueblos, con mayor concentración poblacional en cada provincia. Esta situación ha hecho que en la historia legislativa del país haya casi 20 cantones que nunca han tenido una representación directa, con un diputado, con un representante popular, en la Asamblea Legislativa.

Hoy se discute, para enriquecer la representación popular parlamentaria, que haya una relación mas estrecha entre el diputado electo y la población ciudadana que lo elige. El sistema que tenemos funcionando hace que muchos de estos diputados y representantes electos, no solo sean poco conocidos por sus electores, sino que tengan poco contacto real y político con ellos. Esto hace que la representación popular sea débil y que también, a todos los efectos, se debilite la imagen política de la Asamblea Legislativa, que la gente no se sienta bien representada, y no pueda exigir políticamente a sus representantes populares sus compromisos y promesas electorales.

La representación popular así entendida es la expresión igualmente de la Soberanía Popular, esa manifestación de voluntad política que se delega en los gobernantes, ideal y expresión política que viene desde los clásicos del pensamiento político desde finales del siglo XVII, y enriquecida esta teoría política en el siglo XVIII, cuando culminaron los procesos que condujeron a la Revolución Francesa, la independencia de las colonias inglesas y de las colonias americanas, así como con el desarrollo de las revoluciones de 1820, 1830 y 1848 en Europa, procesos todos que exaltaron al ciudadano, a los derechos del hombre y del ciudadano, así como a los derechos de la mujer y de la ciudadana, a finales del siglo XVIII, y que dio origen al surgimiento de los sistemas republicanos, y a las ideas de que el poder político no venía de Dios, sino de la voluntad de los hombres y mujeres expresados en estos conceptos de Soberanía Popular y Delegación del Poder en los gobernantes.

Así se empezó a elegir los gobernantes en Costa Rica desde nuestros primeros gobiernos a partir de 1821. Luego se fortaleció este proceso con el desarrollo de sistemas electorales, que poco a poco se fueron perfeccionando para hacerlos más amplios, en su participación de hombres y mujeres, con pocas restricciones o condiciones de elección, hacerlos directos y secretos. Se llegó así a establecer una representación regional por provincias para diputados, y cuando se desarrolló el régimen municipal, se estableció igualmente la representación popular municipal en régimen republicano.

Hoy los cantones no eligen diputaciones de manera directa. Las diputaciones se asignan por provincias, en correspondencia al número de habitantes y ciudadanos de cada una.

La propuesta existente en trámite parlamentario es de cambiar esta situación para que las diputaciones no se elijan por provincia, como hoy se hace, sino que se elijan por distritos electorales, de manera que cada distrito electoral, elija una diputación. A este efecto se propone que se establezcan 42 distritos electorales, cada uno de los cuales elegirá una sola diputación. A ello se sumarían otras 42 diputaciones que simultáneamente se elegirían con carácter nacional, es decir con el número total de votos nacionales que reciba cada partido así se distribuirían esas otras 42 diputaciones.

Con la elección de 42 diputaciones por 42 distritos electorales, se rompe en la realidad la estructura política provincial existente en el país. Hoy esa estructura administrativa no tiene ningún efecto real de gobierno alguno. Incluso sobre las provincias se imponen divisiones administrativas diferentes de cada ministerio, según sus lineamientos organizativos como de acciones institucionales propias que impulsan, y de igual modo las divisiones o regiones nacionales también creadas por el Ministerio de Planificación Nacional.

Con la elección posible de 42 diputaciones, por 42 distritos electorales, de hecho, valdría la pena discutir nacionalmente, si debemos cambiar la organización política administrativa del país. En este sentido hacer desaparecer las siete provincias y si fuera del caso hacer desaparecer los 82 cantones, para crear estas nuevas 42 jurisdicciones, por ahora político electorales, para elegir diputaciones, pero que en la realidad podrían servir para impulsar un nuevo ordenamiento administrativo del país, al estilo de como funcionan los cantones en Suiza, donde hay 26. En Suiza, en estos cantones descansa la fuerza política y administrativa de su organización estatal, que en ese país tiene carácter federal. En Suiza estos cantones tienen gran autonomía y capacidad de decisión política, al extremo que en dos de ellos hay elección directa mientras en los restantes se hace por medio de las urnas electorales.

Hoy, por situaciones casi ancestrales de nuestra propia identidad nacional, las diputaciones que se eligen se entienden representativas de toda la provincia, aunque en la realidad no sea así. Los diputados electos no son tampoco diputados cantonales, aunque muchas veces actúen de esa manera. Algunos también actúan como diputados cantonales, ni siquiera provinciales y menos nacionales, que es la condición y cualidad que representan.

Con las elecciones mediante las cuales una diputación se elija por una región llamada distrito electoral, sin lugar a dudas, el diputado electo sí tendrá una relación directa con esa región electoral y con sus electores, a quienes les deberá rendir cuentas de su actuación legislativa.

Pero esto traerá otros problemas importantes, todavía no discutidos ni en discusión. Los 42 distritos electorales se impondrán regionalmente sobre cantones y provincias. De hecho los parte y reorganiza, a efectos electorales, sin alterar los cantones para sus propias elecciones, pero también puede partir, segmentar, las tradiciones culturales, y los intereses hasta hoy locales de vivencia regional entre un distrito electoral y otro, agregará población de un lado o de otro, o separará población de un lado o de otro, para que formen parte de esos nuevos distritos electorales.

La división de 42 distritos electorales que se propone de hecho hace desaparecer los cantones y las provincias en las elecciones de diputaciones. Habrá ciudadanos que pueden no sentirse bien representados en la nueva forma de distritos electorales, que tendrá que hacerse, que no corresponderá en sentido estricto a una representación cantonal ni provincial, y para lo cual se exigirá una profunda reforma constitucional en este sentido. ¿Estaremos en capacidad de hacerlo para las elecciones de 2002?

Hoy las provincias son solo representaciones gráficas en los mapas nacionales. No tienen ningún papel importante en el orden político, de gobierno provincial. Los cantones son más importantes desde este punto de vista. Cada cantón tiene su autoridad superior, el alcalde y su gobierno municipal.

Las diputaciones electas por provincias responden únicamente a los electores que les dan sustento de manera dispersa. De allí también que cuando un diputado se aparta de su partido en el Asamblea Legislativa, ni el partido ni el Tribunal Supremo de Elecciones puedan actuar contra ese diputado, ni se le pueda cancelar su credencial, porque responde a sus votantes y fue electo por esos votantes. Con las elecciones distritales que se proponen, la responsabilidad de los electores es directa, sobre todo al elegir a una sola diputación por distrito electoral, lo que hace posible, en la práctica, que pueda promoverse la revocatoria de mandato sobre ese único diputado de un distrito electoral en caso de que así lo lleguen a considerar sus electores. ¿Entonces para qué seguir con las provincias? Hasta hoy solo permanecen para elegir diputaciones. Si desaparecen estas diputaciones provinciales, bien podrían desaparecer las provincias administrativamente, y ser sustituidas por los distritos electorales. Discutamos sobre esto.




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