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¿A quién favorece la “dedicación exclusiva”?

Carlos Denton cdenton@cidgallup.com | Miércoles 24 septiembre, 2014


Revisar esta categorización significaría ahorros significativos para el Estado y mejor servicio para los ciudadanos


¿A quién favorece la “dedicación exclusiva”?

Los contribuyentes estamos pagando sumas fuertes a funcionarios del Estado para que se dediquen de forma exclusiva a las funciones de sus cargos.
Para una persona con bachillerato universitario el incremento en su pago es del 20%, mientras que para un funcionario con licenciatura o grado superior es el 55%.
El concepto es positivo y pagar estos montos para ciertos puestos se justifica plenamente. No es difícil comprender por qué es importante el pago de estas sumas a auditores del Ministerio de Hacienda responsables de la revisión de las declaraciones de la renta.
También se entiende este pago a magistrados, jueces, directores de ciertos tipos de departamentos y especialistas indispensables en el campo médico que son difíciles de reclutar.
¿Pero no se debería poder distinguir entre disciplinas, ministerios y responsabilidades? Por ejemplo, si se nombra a un pintor en un puesto de dirección en el Ministerio de Cultura, ¿se le debería prohibir pintar en su casa y quizás ocasionalmente vender una obra en una galería?
Y si vendiera una obra hecha antes de asumir el cargo en el Ministerio, ¿puede dejarse el dinero? ¿Es importante que un profesor de sociología en una universidad estatal esté con dedicación exclusiva?
Se estima que en el sector público, dependiendo del ente, entre un 30% y un 50% de los funcionarios disfruta de este beneficio de dedicación exclusiva. Cuando se aplica un aumento del 4,5% a todos los empleados públicos, se aplica también a estos pagos extras que se hacen para que no lucren en ningún otro lugar.
En las universidades mi opinión personal es que no debería haber el beneficio de dedicación exclusiva para nadie. La norma es que los mejores profesores, que se supondría son catedráticos, disfrutan de cierto renombre. Publican, hacen presentaciones y dan charlas, y son pocos los que desearían estar limitados por una categorización de este tipo por más sueldo que implique.
Los docentes mediocres, de poca productividad intelectual, son los que podrían ser de “dedicación exclusiva” ya que de por sí nadie más los querría contratar para impartir sus “conocimientos”.
La Caja, dentro de la nómina pública, es la que más de estos “exclusivos” contrata. Se entiende que esta institución tiene que pagar para retener a sus mejores médicos especialistas, y a sus enfermeras y técnicos.
Pero cuando se descubre a algún médico que recibe este pago de “dedicación exclusiva” y que también está tratando a pacientes privados, ¿se le despide de una vez sin responsabilidad patronal? Por supuesto que no; comienzan las apelaciones y al final todo continúa como antes.
El tema de la dedicación exclusiva requiere un análisis exhaustivo; los puestos que reciben esta categorización deberían ser limitados y sin la injerencia de los sindicatos. Debería ser la designación por periodos, sujeta a revisión, y no de forma permanente como es el caso ahora.
Revisar esta categorización significaría ahorros significativos para el Estado y mejor servicio para los ciudadanos.

Carlos Denton
cdenton@cidgallup.com

 

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