U privadas no pueden cobrar el TCU
Redacción La República redaccion@larepublica.net | Martes 03 septiembre, 2013
Perfil empresarial Educación
U privadas no pueden cobrar el TCU
El único ente que puede establecer las tarifas de matrícula es el Conesup
Las universidades privadas tienen la prohibición de cobrar la matrícula para realizar el trabajo comunal que deben hacer los estudiantes antes de graduarse.
La discusión llegó a las oficinas del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Privada (Conesup), por denuncias de alumnos a quienes obligaban a cancelar montos de dinero a las universidades para poder cumplir con este requisito.
Luego de la confusión entre las universidades privadas y los estudiantes con respecto a si debían pagar o no el trabajo comunal, el Conesup aclaró que la potestad de aprobar las tarifas de materias o cursos solo le compete a ellos.
Por esta razón ningún centro de educación superior privado puede decidir un monto a cobrar para que los estudiantes puedan matricular este requisito.
Las denuncias de los estudiantes se basaron en que supuestamente, las universidades cobran montos exagerados, en algunos casos superiores a los de una materia común para poder realizarlo, lo que impedía a muchos pagarlo.
Los montos a cobrar al parecer superaban hasta los ¢100 mil en algunos casos, mientras que cada materia ronda los ¢60 mil en promedio.
Por su parte el Ministerio de Educación declaró en un campo pagado en varios periódicos de circulación nacional que este tipo de cobros son improcedentes.
Así lo especifica la Ley de Creación del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Privada donde se establece que solo este ente puede definir montos económicos para el cobro de educación universitaria privada.
Y calificó los trabajos comunales como gratuitos y solidarios, realizados con el fin de aportar apoyo a las comunidades.
Por su parte la Unidad de Rectores de las Universidades Privadas de Costa Rica, acepta las disposiciones del Ministerio.
“Con respecto al TCU, se comparte que este debe ser gratuito para el beneficiario del servicio.”, indicó Alban Bonilla, director ejecutivo de UNIRE.
Los centros solo tienen facultad para cobrar gastos administrativos como timbres, sellos y gastos legales en los que incurran como consecuencia del trabajo comunal.
Los estudiantes que sean forzados a realizar este tipo de pago para graduarse deben presentar su caso ante la Unidad Técnica de Apoyo de la Comisión Nacional del Consumidor.
Angie Calvo
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