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Árbitros se exponen a penas de uno a seis años de prisión por falsificar informes arbitrales

Walter Herrera wherrera@larepublica.net | Jueves 30 marzo, 2023 08:02 a. m.


arbitros
Elaboración propia/La República


Los entrenadores proponen grabar los banquillos de suplentes durante los partidos como prueba de los informes arbitrales que según la Asociación de Entrenadores, en casos presentan reportes falsos.

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"Hay que aprovechar la tecnología, queremos tener un acercamiento con los árbitros, la idea es unir criterios", indicó su presidente Johnny Woodly.

CASO MAURICIO WRIGHT

Mauricio Wright fue expulsado como técnico de Grecia en un partido ante Sporting, según el técnico, de manera injusta.

Según el informe arbitral, la expulsión del entrenador se dio por “lenguaje ofensivo” contra Ricardo Montero, cuarto árbitro del juego.

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“Se expulsa al director técnico del equipo Municipal Grecia, señor Mauricio Wright Reinold, por emplear lenguaje ofensivo hacia el cuarto árbitro diciendo “No jodás, no seás tan cochino, cómo le vas a decir que reponga más tiempo”.

Ante esto, Wright recibió una sanción de tres juegos y acudió a la Asociación de Entrenadores para exponer lo sucedido.

"Me he sentido bastante ofendido y decepcionado por la alteraración de documentos, palabras que uno no dice, es algo muy grave y delicado, siento que querer perjudicar a cualquier entrenador alterando un acta arbitral siento que es muy mala señal de cómo estamos, el futbol tiene que mantener transparencia en todo y algunas situaciones están violentando contra nosotros los entrenadores", dijo Wright.

Además, el abogado penalista Federico Campos señaló que "alterar hechos en documentos y si se demuestra que no son reales, se exponen al delito de falsificación de documentos, es algo muy serio, no solo en lo deportivo sino puede trascender a los tribunales y sancionarse penalmente", señaló.

El artículo 359 del Código Penal, sanciona la falsificación de documentos con penas que van de uno a seis años.

"Será reprimido con prisión de uno a seis años, el que hiciere en todo o en parte un documento falso, público o auténtico, o alterare uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio.

Si el hecho fuere cometido por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, la pena será de dos a ocho años", indica el Código.


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