Seguimos a la espera del pronunciamiento de la Sala Constitucional respecto al fondo de pensiones del Poder Judicial
Natalia Díaz natdiaquin@gmail.com | Jueves 22 febrero, 2018

Seguimos a la espera del pronunciamiento de la Sala Constitucional respecto al fondo de pensiones del Poder Judicial
El régimen de pensiones de los funcionarios del Poder Judicial tiene varias décadas de vigencia y de atender los beneficios de quienes, hasta el presente, han dado sus mejores esfuerzos en la labor jurisdiccional en dicho Poder de la República.
No obstante, los beneficios han superado las posibilidades del fondo respectivo, y los estudios realizados, especialmente por la Universidad de Costa Rica, mostraron la gravedad del mismo y su inviabilidad financiera en los próximos años.
De ahí, que en forma responsable, la Asamblea Legislativa, luego de numerosos estudios, reuniones, audiencias y discusiones, aprobó el pasado 30 de octubre, el proyecto de ley en primer debate, que recoge los análisis y propuestas de los estudios técnicos de la Universidad de Costa Rica.
Dicha reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial modificó temas básicos de todo régimen jubilatorio. Entre ellos los aportes obrero patronales, los beneficios que se han de otorgar, el salario de referencia para su cálculo, así como los topes máximos, los requisitos de edad y tiempo de servicio, y la contribución solidaria, entre los más importantes.
Con estos cambios el régimen será viable por muchos años más, ya que no solo protege las finanzas públicas, sino que también garantiza, a presente y futuro, una pensión digna a los funcionarios judiciales. Una pensión desproporcional con relación al aporte obrero patronal solo garantiza que dicho régimen no sea sostenible en el tiempo.
La Asamblea Legislativa también logró, con la firma de varios diputados, trasladar el proyecto en mención a la Sala Constitucional, para que el texto aprobado fuese sometido al control de constitucionalidad, antes del segundo debate, y contar así con dicha garantía.
El proyecto debe regresar al Plenario Legislativo para su trámite final, una vez que la Sala se pronuncie al respecto. Si trae observaciones de constitucionalidad, habrán de corregirse y en su defecto se procederá con su aprobación definitiva.
El tema de la consulta constitucional toma relevancia considerando que sin esta, se impide la eventual aprobación del proyecto en segundo debate, en este periodo que finalizará el próximo 30 de abril. Ante esto, los más afectados serán los mismos funcionarios del Poder Judicial, ya que la situación financiera del fondo se agrava todos los días por cuanto no se puede modificar la normativa existente.
Por estas razones, hago un llamado respetuoso a los señores magistrados de la Sala Constitucional para que resuelvan la consulta planteada, con la responsabilidad que un tema de esta envergadura conlleva, a la mayor brevedad posible, para dar una respuesta financiera sostenible a un régimen que se encuentra en una situación muy delicada. Si el Poder Judicial encuentra razones de tipo técnico, logístico y/o administrativo que impidan el pronunciamiento oportuno también es necesario que de manera pública lo manifieste.
Tanto el país como el Poder Judicial requieren una pronta atención a la solicitud hecha sobre este proyecto de ley. Si este sistema colapsa, las obligaciones de este deberán ser asumidas con fondos públicos. Transcurren los meses y aún seguimos a la espera del pronunciamiento de la Sala Constitucional.
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