Recursos económicos insuficientes o incapacidad administrativa
| Jueves 21 mayo, 2015
Recursos económicos insuficientes o incapacidad administrativa
En los últimos años hemos escuchado con frecuencia que el país es ingobernable, aludiéndose a la obstrucción o trabamiento de la gestión de los gobernantes para impulsar el progreso del país, afirmación que expertos denominan, por el contrario, como incapacidad de gobernar, administrar o “gerenciar” y, por qué no, hasta de falta de voluntad política; puesto que quienes ostentan cargos públicos no asumen responsabilidades, no atienden sus obligaciones, no rinden cuentas debidamente, no actúan con transparencia, eficiencia, eficacia y, sobre todo, cometen actos de corrupción, la pregunta es: ¿alguien se cuestiona lo que ocurre en la gestión municipal?
En ocasiones, ante denuncias en medios de comunicación sobre omisiones de las administraciones municipales o sucesos producto de la escasa diligencia en sus actuaciones, oímos que la justificación es que, para que los gobiernos locales fortalezcan su gestión dentro de su jurisdicción cantonal, se requieren recursos económicos de los que por lo general las corporaciones carecen.
Pero… ¿será este el motivo real del éxito o fracaso de la gestión municipal?, ¿de la lenta respuesta a las necesidades que demanda un cantón? ¿de la calidad de los servicios públicos que presta? o ¿será más bien la excusa utilizada a nivel territorial, similar a la implementada por algunos gobernantes del país, bajo el término “ingobernabilidad”?
La experiencia laboral me dice que hay otros factores que influyen en ello. Los más importantes en nuestros días son la mala administración por parte de sus jerarcas y respectivas dependencias, la difícil relación entre algunos concejos y alcaldías y la falta de incentivación de las administraciones a la participación ciudadana.
De qué sirve tener recursos económicos suficientes si no existe un aparato administrativo con capacidades, habilidades y conocimiento que les permita funcionar adecuadamente.
En los últimos años, me he convencido de que no basta con ser profesional y cumplir los requisitos de un manual de puestos para ocupar uno y más aún un cargo de jefatura, o peor aún, requisitos legales para ocupar un cargo público.
En teoría, las administraciones públicas, por medio de sus procesos de concursos, buscan idoneidad en sus posibles servidores, tal y como lo fija el numeral 192 constitucional, y es por eso que la gerencia de un departamento debe estar precisamente ocupada por una persona con capacidad y conocimiento de administrar esa oficina a su cargo, no se trata solo de sentarse en la silla del más alto cargo de la institución o departamento y dar órdenes, se trata de ser un líder, capacitado, proactivo, consciente de que está para servir y no para que le sirvan, que enfrente sus responsabilidades sin culpar únicamente a su equipo de trabajo y sobre todo de involucrarse con esmero en la función.
Es claro que el buen funcionamiento de un aparato institucional nace desde la cabeza, pero qué resultado positivo se puede obtener si el mismo jerarca no está capacitado para ocupar el cargo, si los requisitos legales no definen un jerarca idóneo, si este teme tomar decisiones, no propone proyectos que pueden ejecutarse con el recurso humano, de infraestructura, maquinaria y económico que tienen, si no lucha por aspirar a aquellos que conllevan un gran reto y poseen un alto nivel de dificultad, si se conforma por continuar haciendo lo que otros hacían, simplemente porque se escudan en el dicho de que “aquí siempre se ha hecho así”.
Por qué no innovar, por qué no cambiar, por qué mantenerse estáticos en una zona de confort. Sobre este tema, desde 2002 la Contraloría General de la República anualmente publica el informe denominado “Análisis y Opinión sobre la Gestión de los Gobiernos Locales”, actualmente el Índice de Gestión Municipal (IGM), por medio del cual mide el desempeño de las Municipalidades en diferentes ejes y áreas. En esos informes, año con año, el órgano contralor ha reiterado con insistencia, entre otros aspectos, que los municipios deben mejorar su gestión por medio de una planificación adecuada, elaboración e implementación de estrategias que permitan actualizar las tasas de los servicios prestados, mejorar los procesos de gestión de cobro, subsanar las deficiencias de control relacionadas con el manejo de finanzas municipales, tomar medidas de racionalización del gasto, fijar límites y regulaciones al endeudamiento municipal, eliminar las prácticas de sufragar déficits y realizar inversiones transitorias con recursos de superávit específico, optimizar la ejecución de los recursos disponibles en la Caja Única del Estado y realizar acciones para integrar los desarrollos tecnológicos relacionados con el sistema de administración financiera municipal.
Considero que la mala gestión municipal o acción tardía en el cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales no son producto en un 100% de la carencia de recursos económicos, sino de una gestión incapaz de generar más y nuevos recursos, de atender y proponer proyectos que permitan el desarrollo del cantón, de administrar sus finanzas de manera transparente, eficiente y eficaz; incluso, ni siquiera el tamaño de un cantón debe influir, por cuanto hay Municipalidades con una extensión territorial similar, composición socioeconómica similar y presupuestos similares, que distan entre sí.
Para los ciudadanos es fácil echar la culpa únicamente a los gobernantes, nos olvidamos que también tenemos responsabilidad en que la gestión sea sana y se desarrolle con buenas estrategias, ¿acaso los administrados de un cantón viven vigilantes de la labor que realizan los alcaldes y alcaldesas?, no puedo afirmar que todos porque sería falaz de mi parte, pero estoy segura que la gran mayoría no.
Los ciudadanos estamos en la obligación de pedir cuentas y denunciar aquellas situaciones que nos parezcan anómalas y dañinas para el progreso de los cantones de Costa Rica, así como promover la destitución de un alcalde o alcaldesa cuando estos demuestren incapacidad de gobernar.
Pienso que Costa Rica requiere una “Reforma del Estado”, pero con ello no me refiero a modificación de leyes o creación de más normativa que al final, en muchas ocasiones, quedan solo en papel porque no hay entes u órganos capaces de ejecutarlas.
Mi conclusión es que no es cierto que los gobiernos locales requieran obligatoriamente la contribución del Presupuesto de la República, tal y como se resolvió con la reforma del numeral 170 constitucional, el cual 14 años después, aproximadamente, no ha sido ejecutado por la falta de leyes especiales que transfieran las competencias y establezcan el monto por asignar o, peor aún, ser mantenidos por el Gobierno central o vivir endeudados para tener una economía estable que les permita atender sus obligaciones y responsabilidades, sino que, como bien lo expresa la primera oración del artículo 170 de la Carta Fundamental, las municipalidades con autosuficiencia, un eficiente manejo de los recursos públicos, adecuada recaudación de los tributos municipales e incentivo a la ciudadanía a participar en asuntos propios del cantón, como lo es la gestión de los intereses locales, pueden generar ingresos para realizar y desarrollar proyectos que impacten y generen un valor en los ámbitos económico, social, cultural y deportivo y sobre todo que les permita cubrir gastos fijos que devengan los servicios que brindan a la comunidad.
Sin embargo, para ello se necesitan buenos gestores que con aptitud, liderazgo, responsabilidad, profesionalismo, ingenio, humanismo, capacitación, entre otros, logren el surgimiento de esas instituciones y ciudadanos interesados y comprometidos en contribuir con el desarrollo del cantón y denunciar cualquier anomalía y actos de corrupción que detecten.
Stephanie Rodríguez Camacho