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Normativa se queda atrás frente a tecnología

Redacción La República redaccion@larepublica.net | Viernes 01 febrero, 2008




Ausencia de políticas que regulen al sector impide su desarrollo y fiscalización
Normativa se queda atrás frente a tecnología

• Mayoría de disposiciones que regulan el sector hacen referencia a reglas que rigen otras materias
• Preocupación se centra especialmente en temas laboral y tributario

Israel Aragón
iaragon@larepublica.net

La velocidad con que salen al mercado nuevos modelos de negocio basados en plataformas tecnológicas, como Internet, contrasta con la lentitud a la que avanzan en el país las normativas y reglamentos que deben regirlos.
Esta situación genera vacíos importantes en la legislación nacional en materias con un importante dinamismo y que tienen una escasa o inexistente regulación en el país, como el comercio electrónico, teletrabajo y los “ciberdelitos”.
Así lo indica el segundo informe Hacia la Sociedad de la Información y el Conocimiento en Costa Rica, presentado por el Programa Sociedad de la Información y el Conocimiento (Prosic), un observatorio de la Universidad de Costa Rica que analiza temas relacionados con la brecha digital y las tecnologías de la información.
“De las disposiciones que regulan de alguna manera las TIC en la actualidad (cuatro constitucionales, 11 supranacionales, 29 leyes y 23 decretos), la mayoría solo lo hace de manera indirecta o por referencia de normativa que regula otra materia”, afirma el estudio.
El trabajo del Prosic considera que la problemática es “resultado de la ausencia de una verdadera política de Estado”.
“La mayor parte de la normativa promulgada sobre el particular tiene rango de decreto ejecutivo, lo que reafirma la visión cortoplacista que ha imperado”, aduce el documento
Rafael Rojas, gerente administrativo y socio de InterNexo, empresa dedicada al desarrollo de negocios y presencia en Internet, coincidió con el estudio en que “es más rápido lo que se mueve el negocio que lo que se mueve la legislación al respecto”.
“En el comercio electrónico, por ejemplo, existen deficiencias sobre mecanismos de solución de controversias, regulación de la publicidad, criterios de valoración de prueba y el ámbito de aplicación territorial”, comentó Juan Manuel Villasuso, director del Prosic.
“Si un comprador tiene un conflicto con un producto que compró por Internet, qué debe presentar como prueba; qué legislación se debe aplicar, la del país desde donde se hizo la compra o la de donde se hizo la venta”, apuntó.
Lo anterior cobra relevancia conforme las acciones de mirar o tocar dejan de ser parte del proceso de compra, lo que incrementa el riesgo de estafas y la posibilidad de comprar a empresas fantasma.
Sin embargo, en materias laboral y tributaria los problemas son peores. “Acá es más grave, pues al trabajar de forma virtual, o desde la casa, no hay sujeción de horario, no hay presencia física y, en ocasiones tampoco remuneración fija, requisitos que se usan actualmente para establecer si hay o no una relación laboral”, afirmó Rojas.
En cuanto al cobro de impuestos, “¿dónde debe hacerse, donde se le da mantenimiento al sitio virtual, donde se aloja el servidor o desde donde se suba la información?”, agregó.






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