Ni la mano dura ni la alcahuetería
Nuria Marín nmarin@alvarezymarin.com | Lunes 22 febrero, 2010
Creciendo junt@s
Ni la mano dura ni la alcahuetería
Recientemente salió publicado el caso de dos juezas remitidas a la Inspección Judicial por el Tribunal Penal Juvenil por dictar prisión preventiva contra dos menores. La razón para tal envío, la comisión de “graves errores.”
Por el mandato legal de protección de los nombres de las partes, muy especialmente tratándose de menores, es imposible analizar el fallo en particular a profundidad. Sin embargo, la acción del Tribunal me despierta la preocupación en término de la señal que esta acción está mandando no solo a quienes se desempeñan en la judicatura penal, sino a la ciudadanía en general. La pregunta del millón, ¿se estará en la ruta correcta para impartir justicia en Costa Rica?
Lo poco que conocemos sobre ambos casos, el que sobresale es el de un joven de 17 años acusado por robo agravado contra un taxista. En su contra se dicta orden de detención por no haberse presentado a una audiencia solicitada, precisamente por el juzgado ante el incumplimiento de medidas cautelares previamente establecidas en su contra.
Según la tesis de la defensa y pareciera aceptada por el tribunal de alzada, al menor se le dicta erróneamente prisión preventiva por no estar presente ni poder justificar las razones de su ausencia. Esta interpretación, de ser así, podría crear un fácil portillo de salida para otros infractores que raya en la alcahuetería. Por cierto, este joven es sospechoso también de otros cuatro robos y un homicidio.
Interpretaciones como esta, así como algunos errores en la legislación penal lejos de ayudar a la fortaleza del sistema lo debilitan como bien señala el Dr. Gary Amador Badilla en la Revista de Ciencias Jurídicas (2008) al señalar el grave error de la Ley de Justicia Penal Juvenil de condicionar el dictado de la prisión preventiva a la existencia de una acusación.
Este requisito significa en la práctica, que sea casi imposible utilizar, las muchas veces indispensable prisión preventiva, pues el término que establece la Constitución Política es insuficiente para recabar pruebas, analizarlas y presentar una sólida acusación en 24 horas. Las dificultades de la aplicación de la prisión preventiva en sede juvenil es tan solo un caso de debilidades del sistema.
En momentos en que tenemos un serio y creciente problema de inseguridad ciudadana al que se suma la erosión en credibilidad del sistema policial y judicial producto de una amplia mayoría de casos que quedan impunes, algunos de los cuales ni siquiera se persiguen y otros en que las víctimas ni siquiera se toman la molestia de denunciar, es válido plantearse un magno esfuerzo nacional de reforma integral que no se vaya a los absurdos de la mano dura, pero tampoco a la alcahuetería.
Se trata ni más ni menos de revertir un círculo vicioso y convertirlo en virtuoso con instrumentos adecuados y eficientes para atender las múltiples y complejas aristas de la inseguridad ciudadana y crear una sociedad de oportunidades para todos. ¡Aún estamos a tiempo!
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