La elección de diputados, ¿cómo debe hacerse?
Vladimir de la Cruz vladimirdelacruz@hotmail.com | Miércoles 20 febrero, 2019
La propuesta de modificación de artículos constitucionales y del Código Electoral, que se tramita en la Asamblea Legislativa es importante, y se le debe poner atención, se le debe seguir, y lo ideal sería también que quienes se interesan por la política nacional, opinen, contribuyan con sus ideas a mejorarla, y hasta sugerir otras propuestas que no están siendo contempladas por esta Comisión, y que tampoco consideró el grupo “Poder Ciudadano Ya”. autor de las iniciativas que conoce la Comisión Parlamentaria.
En esta dirección ya se pronunció el presidente Miguel Ángel Rodríguez, 1998-2002, quien, en 1988, por iniciativa de un grupo de diputados de entonces, presentaron un Proyecto de Ley, de su autoría, Ley de Democracia Participativa, que recogía ideas propias y las presentadas por Manuel Ventura, en 1984 sobre fallas que tenía el sistema electoral costarricense, desde entonces llamando la atención.
En ambas propuestas, la de “Poder Ciudadano Ya” y la de Miguel Ángel Rodríguez, así como en diversos momentos lo ha señalado Constantino Urcuyo, en cuanto a la manera de elegir diputados que se impulsa, se recoge la experiencia de Alemania, con elección de diputados por distritos electorales, y con elección simultánea de diputados nacionales, con un método que permite el crecimiento natural de las diputaciones hacia el futuro. Hasta aquí la esencia de estas propuestas.
Lo que está en discusión es eliminar el sistema de elección de diputados por Provincia, como se hace ahora. Este sistema permite cambiar el número de diputados que le corresponde a cada Provincia, cada diez años, dependiendo el comportamiento de desplazamiento y de nacimientos por Provincia, sin que se altere el número total de 57 diputados que tiene la Asamblea Legislativa. En la propuesta original de Miguel Ángel Rodríguez, se proponía la elección de dos diputados por distrito electoral, que él llamaba Distrito Congresional, en la de “Poder Ciudadano Ya, se propone uno solo. La de Miguel Ángel Rodríguez, en esa época, estaba a tono con el bipartidismo dominante, que aún así daba margen, aunque pequeño para que partidos nuevos o pequeños pudieran tener la opción de elegir. Pero, era evidente que, en ese momento, tendrían ventaja los dos grandes partidos políticos que hasta entonces se enseñoreaban en el Poder Ejecutivo y en las mayorías parlamentarias nacionales. La actual propuesta en discusión va por elegir solo un diputado por Distrito electoral.
Cuando se elige dos o más diputados por distritos electorales o por provincias no se puede desarrollar en paralelo el derecho de revocatoria de mandato, es decir la posibilidad de quitarle la credencial a un diputado por Referéndum o consulta ciudadana establecida especialmente para ello, porque no hay manera de determinar el conjunto de ciudadanos que le pertenecen al diputado que se quiere destituir de su cargo. Cuando se elige un solo diputado por un distrito electoral, o por una comarca electoral, llámese como se llame, sí hay posibilidad de destitución, porque el conglomerado de electores de ese distrito hizo elegir a uno solo, y éste, bajo este nuevo sistema de elección, se debe más a sus electores. Si algo tiene de bondadosa esta propuesta es que acerca al diputado a sus electores, al diputado a su región electoral, se le obliga a estar más cerca de sus ciudadanos, está obligado a atenderlos, oírlos, y hacer valer la representación que le dieron y a coordinar más con las instancias distritales, cualquier acción legislativa que tienda a beneficiar a sus electores y ciudadanos de su comarca o región electoral. En este sentido debe propiciarse que, junto con la elección de un diputado por distrito electoral, como se propone, se acompañe esta iniciativa con la posibilidad de revocatoria de mandato de ese diputado, de conformidad a las normas que tendrán que establecerse para regular la Revocatoria de Mandato.
No es igual para los diputados que en esta misma propuesta se elegirán en la lista nacional. En la propuesta se eligen 42 diputados por distritos y 42 nacionales. En la propuesta que tenía Miguel Ángel era 20 distritos. Los nacionales al ser en grupo no se puede determinar la vinculación directa de cada uno de ellos con sus electores, como se da en el distrito electoral, pero obliga a que cada partido político haga su mejor esfuerzo por postular sus mejores y más calificados candidatos, tanto por méritos partidarios, como por los profesionales y personales que les adornen.
Hay que tener siempre presente que el primer motivo de escogencia de candidatos a diputados ya puestos de elección popular es el vínculo partidario, la trayectoria política y la vida partidaria que ha tenido el candidato, a la que se suman esos otros atestados profesionales y personales. Hoy juega mucho el récord personal de su vida pública como privada. También hoy hay controles institucionalizados, públicos principalmente, que permiten conocer esta intimidad de las personas, especialmente de los candidatos, vida moral y vida familiar, gustos, deudas, si se está al día con las cargas tributarias y pagos sociales, si contrata trabajadores ilegales, si cumple con los pagos de salarios mínimos al menos etc.
Raras veces un partido propone algún candidato con poco vínculo partidario o sin vida interna dentro de sus partidos. Cuando las estructuras estatutarias de los partidos permitían, o permiten, que el candidato presidencial pueda proponer, como se hace hasta ahora en algunos partidos, un número determinado de candidatos puede darse el caso de que de estos candidatos alguno no haya tenido una vida partidaria activa o que incluso provenga de otro partido o militancia, pero que goza de la simpatía y confianza política del candidato presidencial. Ha sucedido.
En la Comisión de Notables, como se le llamó que integró la presidenta Laura Chinchilla, allí propuse aumenta a 87 diputados, con una lista adicional de 30 electos nacionalmente, en una sola papeleta. Esta sigue siendo otra opción válida, aunque me parece que la tendencia legislativa se orienta hacia la propuesta de distritos electorales y diputados nacionales.
Los diputados que elijan por distritos electorales como por provincias deben corresponder, de igual manera, cada uno, a un número de ciudadanos. El Tribunal Supremo de Elecciones puede hacer, y está facultado con su organización e institucionalidad que le regula, para determinar de la manera más precisa esa distribución numérica de los ciudadanos, tanto por distritos como por provincias. Si fuera del caso, a los efectos electorales, puede mover población de un distrito hacia una provincia, a la que no pertenece, tan solo para asegurar esa igualdad numérica con la mayor precisión posible, así como para los efectos electorales el Tribunal Supremo de Elecciones establece su propia división distrital sobre la que existe administrativamente en el país.
Aún dentro de la estructura y conformación actual de los 57 diputados el Tribunal Supremo de Elecciones, si quisiera y tuviera voluntad política para hacerlo, podría distribuirlos por grupos poblaciones iguales, al interior de cada provincia, para que de la lista actual que se propone por cada Provincia, unos sean electos por un grupo de cantones y otros por otros grupos de cantones, de manera que queden mejor representados los ciudadanos, y se rompa el círculo vicioso que realizan los partidos de acomodar sus candidatos provinciales en orden descendente considerando los cantones de mayor población de electores, lo que en la práctica hace que haya cantones que nunca tengan posibilidad de tener un diputado que de alguna manera se sienta que los representan. Casi a 20 cantones llega esta lista en el histórico acumulado de las elecciones. De la manera que señalo sí habría una representación más real de esos cantones o regiones interiores de las provincias, eso sí tomando en cuenta varios candidatos por partido, y no uno solo como ahora se pretende cambiar con distritos electorales. Esta posibilidad me parece que no requeriría ningún cambio legislativo ni constitucional. Los diputados que le corresponden a cada Provincia se siguen eligiendo por Provincia, con el carácter nacional que la Constitución Política les otorga, y el número de ellos se divide entre el número de habitantes, en las regiones que el Tribuna Supremo de Elecciones establezca para cada Provincia. Así de simple igualmente se lograría una mejor representación política, aunque no tan directa como la de elegir un diputado por una sola región.
En la propuesta que hay en discusión parlamentaria, si se llega a aprobar con todo su trámite, porque exigen reforma constitucional, puede empezar a funcionar en las próximas elecciones nacionales del 2022. Si por obstaculización institucional legislativa y judicial, por consulta a la Sala Constitucional, no se llegare a aprobar para el 2022, la propuesta de dividir al interior las provincias como señalo sí puede operar, y va permitiendo avanzar hacia la de distritos electorales, sin provincias.
Si avanzamos a los distritos electorales, de pronto la discusión nacional que se podría desatar es si mantenemos, a todos los efectos, dentro de la división territorial administrativa del país, las Provincias, que ya no tendrían razón de existir como tales. Hasta el Gobierno de José María Figueres, 1994-1998, funcionaron las últimas Gobernaciones provinciales. Ya habían perdido funciones y no tenían ninguna relevancia institucional. Se tendía a fortalecer los Cantones, sus municipalidades, sus alcaldías, que a partir del 2002 con los cambios electorales en que en este sentido se impulsaron, se inscribían en una nueva visión de fortalecimiento de gobiernos locales. Con el último cantón creado, que elegirá por primera vez sus autoridades en el 2020, y que está en proceso de referéndum para determinar su cabecera política, se fortaleció esta tendencia. Podríamos avanzar una división administrativa nacional que descanse en sus cantones. Allí se se le daría poder a los cantones y empoderamiento real a sus habitantes, y obligaría más a las políticas nacionales, que emanan del Poder Ejecutivo, a que tengan más efecto cantonal en lo que correspondan. Contra las Provincias operan las distintas divisiones territoriales administrativas, que hacen lo distintos ministerios, y algunas instituciones, para impulsar sus políticas, así como las regiones que ha trazado y señalado el Ministerio de Planificación Nacional desde hace mucho tiempo, todas éstas que terminaron asfixiando y liquidando a las Gobernaciones y la estructura provincial que solo sirve para dividir en el mapa al país en siete regiones. Estos son aspectos indirectamente vinculados a estas reformas electorales que se están tratando de impulsar.
En las propuestas de “Poder Ciudadano Ya”, del presidente Miguel Ángel Rodríguez, de Constantino Urcuyo y la mía hay coincidencias en que debemos avanzar al régimen electoral que permita la reelección de diputados, de manera continua, como se hacía antes de 1948. La discusión que se abre ahora es por cuantos períodos pueden reelegirse, por uno, por dos, como propone “Poder Ciudadano Ya”, o abierta, como me simpatiza a mí la idea. Al final la reelección de diputados dependerá de su calidad parlamentaria, que la miden los partidos a los que pertenece, que le darán la opción de mantenerse, y los mismos ciudadanos. Cuando existía la reelección de diputados antes de 1948 en la realidad eran pocos los que se reelegían, y más pocos los que se mantenían por varios períodos legislativos como diputados.
Otra discusión que podría introducirse es la posibilidad de volver al sistema de elección de diputados de medio período, de manera que cada dos años la mitad de la Asamblea Legislativa se renueve por mitades. Esa mitad de diputados podría elegirse en las elecciones que se convocan para alcaldías y consejos municipales. La experiencia histórica antes de 1948 pareciera no haber sido mala en ese sentido, aunque fuera eliminada en la Constitución de 1949.
La otra cuestión, esta sí es de mayor importancia, es separar la elección de Presidente y de Diputados, de manera que la elección del Presidente se haga en la primera convocatoria que constitucionalmente está establecida, el primer domingo de febrero, y la de diputados se realice en la segunda convocatoria, establecida en la Constitución, para realizar elecciones cuando no se logra el 40% de los votos para elegir Presidente, el primer domingo de abril. En este caso si se pasara a segunda ronda presidencial, se concentran ambas elecciones, la de definir el Presidente entre los dos candidatos que pasen a esa ronda, y la de escogencia de diputados, lo que sin ninguna duda redundaría en una mejor escogencia de diputados, con el entorno que produce el triunfo de un partido y de un candidato presidencial en la primera ronda, como de que esto también se termine de dilucidar en una segunda ronda con dos partidos políticos finalistas, con candidato presidencial, y todos los partidos con sus candidatos a diputados.
Estoy seguro de que mejoraríamos en mucho el proceso democrático, el de la representación política, el de la integración de la Asamblea legislativa y el de la toma de decisiones políticas, especialmente parlamentarias. Abramos esta discusión sin temor, sin anatemas, si prejuicios, con mente abierta, pensando en Costa Rica y en lo mejor de nuestro país, los ciudadanos, los habitantes, los costarricense.
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