Internacionalización y CONESUP
Silvia Castro scastro@ulacit.ac.cr | Lunes 06 abril, 2015
Costa Rica ocupa una nueva ley de educación superior privada
Internacionalización y CONESUP
La legislación costarricense debe responder ante las oportunidades y retos que plantean los procesos de internacionalización de la educación superior: la movilidad académica de estudiantes, profesores e investigadores; la transnacionalización de programas académicos y la oferta de carreras de título doble o conjunto; el establecimiento de sucursales, sedes o franquicias de universidades internacionales; la creación de centros regionales de educación; la inclusión de la dimensión intercultural dentro del currículum y el proceso de enseñanza-aprendizaje; o los proyectos de investigación y redes internacionales, entre otros.
Los países más desarrollados invierten en grandes campañas de promoción para atraer a las mentes más brillantes para estudiar y trabajar en sus instituciones, con el objetivo de impulsar las agendas nacionales en innovación, empresarialismo e investigación.
Asimismo, múltiples estudios han demostrado que los alumnos están cada vez más interesados en cursar su carrera universitaria en un país, otra en un segundo país, luego conseguir una pasantía o empleo en un tercer y hasta en un cuatro país, para regresar, 8 a 12 años después, a su país de origen. Ya no predominan los procesos de “fuga o ganancia de cerebros”, sino los de “entrenamiento de cerebros”.
Si bien es cierto que la educación transfronteriza se ha convertido en piedra angular de las estrategias de desarrollo de los países para atraer y retener a los trabajadores del conocimiento, existen retos importantes qué atender, como son las fábricas de títulos, los molinos de acreditación (credenciales falsos de programas e instituciones) e instituciones “fantasmas” no reguladas.
La reciente popularidad de las clasificaciones, o ranking internacionales, también plantean dudas importantes con respecto a su validez y valor.
Ante estos nuevos acontecimientos de dimensiones internacionales, interculturales y globales, la educación superior debe ser proactiva, responsable e innovadora.
La legislación debe favorecer la internacionalización de la educación superior privada como medio de desarrollo nacional, a la vez erradicando la titulación ilegítima y estableciendo reglas del juego para permitir a las universidades locales competir, bajo igualdad de términos, contra las universidades extranjeras.
La Ley de CONESUP vigente no atiende ninguno de estos aspectos. El CONESUP trunca la movilidad de estudiantes, docentes, programas académicos e instituciones; desestimula la adopción de estándares curriculares internacionales en los planes de estudios; se desentiende de los procesos de clasificación y registro estadístico del desempeño de las instituciones; y no ha sido capaz de cerrar fábricas de títulos locales ni de regular instituciones extranjeras que operan en el país. Costa Rica ocupa una nueva ley de educación superior privada.
Rectora de ULACIT
Silvia Castro
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