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In dubio pro patrono

| Viernes 12 marzo, 2010



In dubio pro patrono


Mencionan los tratadistas del derecho laboral y lo replica nuestra jurisprudencia, que por el desequilibrio que existe en la relación laboral entre el patrono “la parte más fuerte” y el trabajador “la parte más débil”, se justifica la aplicación de los Principios Generales del Derecho Laboral a favor del trabajador. Con la aplicación de estos Principios, se pretende equilibrar la balanza que siempre se ha dicho, está inclinada en favor del patrono debido a su capacidad económica y a su poder de despido. Uno de esos postulados es el Principio Protector. Estipula este Principio que, en caso de que existan varias normas se debe aplicar la que más favorezca al trabajador y que una nueva disposición nunca debe servir para disminuir sus condiciones más favorables. El Principio Protector además estipula la regla In dubio pro operario, que indica que entre varias posibles interpretaciones de una norma, se debe escoger la que sea más favorable para el trabajador. Por vía doctrinal y jurisprudencial esta regla se extendió a la valoración de la prueba, en casos de duda comprobada.
A pesar de que entendemos la importancia de estos Principios, nos cuestionamos la utilización que en muchos casos se les ha dado en favor del trabajador y en contra del patrono.
Me cuestiono si se puede aplicar como regla general que en todos los casos el trabajador es la parte más débil de la relación laboral. ¿Será que en algunos casos el patrono se convierte en la parte más débil? ¿Será que en muchos casos los trabajadores se aprovechan de mala fe de su condición de ser “la parte más débil”?
El patrono debe tratar de mantener su negocio con un Código de Trabajo que no se adapta a las necesidades de las relaciones laborales actuales; un Código limitado, cuadrado, que no da opción a la flexibilidad. Ante esta perspectiva la duda debería favorecer a la parte patronal, por lo que me pregunto si debería existir una nueva regla en el mundo de los Principios Generales, que se denomine “In dubio pro patrono”. Esta regla estaría fundamentada en una premisa básica: “El patrono como parte importante de la relación laboral realiza una inversión y debe tener las condiciones necesarias para protegerla”.
Igualmente mientras no tengamos un cambio integral, el patrono tendrá que seguir soportando, Principios que solamente protegen a los trabajadores, leyes arcaicas, sindicalistas que escudan su hambre de poder en “la lucha a favor de los trabajadores” y la aprobación de un procedimiento expedito a nivel judicial, que sin la modificación previa de la ley de fondo, sería casi como pretender ponerle el motor de Ferrari a una carreta típica.

Randall González
Especialista en derecho laboral
BLP Abogados

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