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Empresas de zonas francas podrán vender su bienes exonerados en el país

Ronny Gudiño ronnygudino.asesor@larepublica.net | Jueves 30 mayo, 2019 11:25 a. m.


Imagen con fines ilustrativos. Archivo/La República
Imagen con fines ilustrativos. Archivo/La República


Para asegurar los estándares establecidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, un decreto publicado en La Gaceta realiza modificaciones a la Ley del Régimen de Zonas Francas.

Regirá hasta dentro de tres meses; sin embargo, eliminará la restricción de venta al mercado local del 50%, por lo que las empresas de servicios podrían introducir al mercado nacional la totalidad de sus ventas.

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Asimismo, las beneficiarias podrán gozar de la exoneración del Impuesto sobre la Renta independientemente de si es exportación de servicios o venta local, cambiando lo que actualmente ocurre, al tributar en el régimen tradicional del impuesto por los ingresos provenientes de ventas locales, recuerda Grant Thornton en un boletín.

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Las empresas de la categoría c), que exportan servicios a compañías o personas establecidas en el exterior, estará conformada por las que cumplan con el Índice de Elegibilidad Estratégica para Empresas de Servicios, el cual será desarrollado por el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Comercio Exterior.


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