Deportistas dopados por la libre en Costa Rica
Walter Herrera wherrera@larepublica.net | Lunes 29 agosto, 2016
La ley es un disuasivo contra la distribución y consumo de químicos con el propósito de mejorar actuaciones deportivas.
Implementar una ley es la manera más óptima para evitar que los deportistas recurran a esta práctica para conseguir una ventaja con métodos poco éticos.
El Código Penal en Costa Rica no condena el autoconsumo pero sí la distribución. Es decir, los deportistas se pueden intoxicar con sustancias peligrosas y amañar los resultados, pero los distribuidores son los únicos criminales perseguidos por las autoridades judiciales.
“Al no haber una ley que condene el autoconsumo, debe haber una regulación novedosa para que quien consuma sea penado”, afirmó Hugo Porter, juez del Tribunal Penal de San José.
Países con un desarrollo deportivo ampliamente superior, recurrieron al establecimiento de un debate, y determinaron que el dopaje es un acto criminal que atenta contra la vida propia del atleta.
El dopaje es uno de los asuntos de interés nacional que los legisladores del país no pretenden combatir, pero en el Icoder (Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación) ven con buenos ojos una posible regulación legal.
“Me gustaría que el fraude deportivo sea castigado por la ley, no solo aquí sino en todo el mundo, es un delito, debe ser penalizado, habría que cambiar las leyes dentro del marco del deporte”, señaló César Sánchez, de la Comisión Nacional Antidopaje del Icoder.
Estas leyes buscarían perseguir a las redes criminales que están detrás del deportista. Tras legislar los medicamentos, educar a los atletas, en el sistema se entrometen enmarañadas estructuras que hacen disponibles las sustancias para el consumo de los deportistas.
Costo de pruebas
Simple
Frascos: $30
Análisis laboratorio:$75
Transporte: $14
Total: $119
Prueba genética
Total: $600
Fuente: Comisión Nacional Antidopaje Icoder
Condenas europeas
Alemania
• Hasta tres años de prisión al atleta que consuma sustancias ilegales
• Entró a regir en enero de 2016
• Diez años de cárcel a quien facilite los productos a deportistas
• Aplica solamente a deportistas de alto rendimiento (7.000 atletas)
Francia
• Castigo desde los seis meses hasta cinco años de cárcel
• Ley antidopaje rige desde 1968 en Código Penal
Italia
• Persecución doping inició en 1981
• Entre cinco y diez años de cárcel al deportista dopado
Fuente: Universidad de Granada, España