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Cuidado, comprador

Carolina Acuña cacuna@larepublica.net | Viernes 16 noviembre, 2012




Luchan bancos y clientes, por ver quién pagaría los créditos caros

Cuidado, comprador

Préstamos escalonados, en el ojo del huracán financiero

La decisión tomada la semana pasada por un tribunal costarricense, de suspender el derecho del Banco Popular a aumentar la tasa de interés para el préstamo de un cliente, no debe conducir a un intento equivocado por salvar a los prestatarios de sus propios errores.
Al mismo tiempo, podemos aprovechar la oportunidad, para asegurar que los bancos no abusen de sus clientes, mediante el uso de tácticas de venta inaceptables, entre otras.
El cliente en este caso estuvo molesto, porque su préstamo, que comenzó barato, se volvió caro.
Sin embargo, eso no necesariamente es culpa del banco.
El cliente en este caso tomó un préstamo, que tenía dos componentes.
En primer lugar, se trataba de un tipo de interés variable, lo que es común.
Un préstamo de tasa variable, significa que el prestatario paga intereses a un porcentaje fijo por encima de una base —que en Costa Rica es la Tasa Básica Pasiva— la cual fluctúa constantemente.
Digamos que el prestatario paga una tasa de interés del 5% adicional a la base.
En este caso, si la base es del 10%, el cliente paga el 15% por su préstamo.
Si la base se duplica, el cliente paga el 25%.
Por el contrario, si la base se reduce a la mitad, el cliente paga tan solo el 10%.
Los bancos en condiciones normales no deberían ejercer ningún control sobre la base, que se mueve en proporción a la demanda total de dinero en la economía.
En los últimos años, la base ha aumentado en Costa Rica, principalmente por la competencia de los bancos con el Gobierno por fondos, los primeros para dar préstamos y el último para pagar sus cuentas.
El segundo componente de este caso tiene que ver con los llamados “préstamos escalonados”.
En este tipo de arreglo, el cliente, además de la base, paga una tasa que es barata inicialmente, pero que va hacia arriba a través del tiempo.
A las instituciones financieras a veces les gusta ofrecer a sus clientes este tipo de préstamo, ya que son fáciles de vender.
El banco puede decir a un prestatario potencial: “Vea lo atractivo de nuestros precios, durante el primer año, usted pagará solo la base, con cero tasa adicional”.
El cliente así puede acordar un préstamo a cinco años, que comienza en la base, e incluye un aumento anual digamos de un 2%.
En este caso, la tasa en el segundo año sería la base más el 2%, que es todavía baja.
Pero en cinco años, la tasa sería la base más un 10%.
El pago mensual de un préstamo escalonado, puede ser manejable para el cliente, si la base se reduce o incluso si se mantiene siempre al mismo nivel.
El problema, como ocurrió en el caso con que la Corte trató, es el de un cliente que enfrenta el aumento de la tasa escalonada por encima de una base, que también va en ascenso. Un doble golpe para su bolsillo.
Por su parte, el banco diría —con razón— que el cliente no tiene derecho a quejarse por las tarifas caras en la parte alta de la escalera, ya que él tenía la ventaja de las bajas tasas en los peldaños inferiores.
Además, el cliente supuestamente sabía, en el momento en que firmó el préstamo, que la base podría subir.
Si es así, no hay ninguna razón para que el cliente se sienta sorprendido por lo que pasó, ni tampoco para la intervención judicial.
Esto conduce a la cuestión de que si las instituciones financieras en este país utilizan tácticas desleales, con el fin de incrementar su negocio y si realmente logran que sus clientes entiendan el riesgo de una tasa como esta.
Durante el auge inmobiliario de Estados Unidos de la década pasada, muchos bancos instaron a prestatarios ingenuos, a sacar las hipotecas de tipo escalera, con el atractivo de las tasas iniciales bajas.
Cuando los precios de la vivienda cayeron y las tasas escalonadas aumentaron, muchos de estos prestatarios enfrentaron serios problemas.
Nadie en este momento ha demostrado, que los bancos costarricenses, de forma consistente vendan préstamos a los clientes, que no entienden la naturaleza de las promesas, que se supone deben cumplir.
Si de hecho este tipo de cosas sucede, debemos proteger a los prestatarios ingenuos.
Una forma de hacer esto, es obligar a las instituciones financieras a explicar a los clientes de forma clara y precisa, la naturaleza de las obligaciones de los contratos. Otra sería prohibir el uso de los préstamos de este tipo.
Además, los bancos no deben distorsionar el valor de la tasa básica, tal como podría haber sucedido, en algunos casos recientes y que afecta tanto a los deudores.
Si hubiera habido algún abuso, sea por no haberle informado adecuadamente al cliente, sería cuestión de poner tope a las tasas que las personas deben pagar, bajo los términos de los acuerdos ya pactados.
Si se tratara de una distorsión de la tasa básica, los prestatarios afectados tendrían el derecho a ser indemnizados.
Pero sin esto, y tratándose de prestatarios que sabían, o deberían haber sabido, la naturaleza de las obligaciones que aceptaron, no debemos castigar a los bancos por tener grandes ganancias en los últimos años de un préstamo, a cambio de haber aceptado las pequeñas ganancias en el principio.

Carolina Acuña
cacuna@larepublica.net







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