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Costarán más, refris y cocinas

Redacción La República redaccion@larepublica.net | Lunes 30 enero, 2012




Consumidores pobres, ignorados por “defensores” del Estado
Costarán más, refris y cocinas
Urge reforma de sistema de regular monopolios

Los consumidores pobres probablemente no tendrán ningún beneficio en su próxima compra de una cocina o refrigeradora barata.
Eso a pesar de que el gobierno haya multado a Electrodomésticos Mabeca que actualmente está apelando la decisión por haber adquirido la firma nacional Atlas, y luego haber incrementado significativamente los precios de esos bienes.
Sin embargo, no hay ninguna obligación de parte de la empresa de reducir los precios, de modo que los consumidores siguen igualmente golpeados.
Mientras tanto, en el sistema legal no exige ningún mecanismo mediante el cual una empresa deba consultar de forma anticipada, si una adquisición o fusión puede ser castigada o no, así que el sector empresarial también necesita un procedimiento adecuado ante los promotores de la competencia.
El problema de los consumidores es que el precio de las cocinas baratas incrementó en casi un 30%, poco después de que la mexicana Mabe adquiriera las operaciones locales de Atlas, en enero de 2008.
A pesar de que en los años previos, cuando ambas empresas competían, el incremento de precios fue solo de un 10%.
Tras esa compra, la empresa fusionada, que sigue utilizando la marca Atlas, controló casi el 100% del mercado para las cocinas pequeñas de gas y electricidad de 20 pulgadas, así como el de las refrigeradoras de una puerta y más del 80% de las refris de dos puertas de 12 a 14 pies cúbicos, igualmente dirigidas a la clase económica media baja.
Dados esos sucesos, la Comisión para Promover la Competencia en julio de 2011 falló, condenando a Mabe a pagar una multa de unos $2,2 millones (¢1.158 millones), por acaparar el segmento de las refris y cocinas económicas.
Actualmente, Mabe mantiene una apelación ante la Sala IV sobre la decisión del Tribunal, alegando que el artículo utilizado para imponer la multa es inconstitucional por establecer una sanción que resulta desproporcional con respecto al daño.
“Estamos preocupados debido a que los argumentos de la Comisión parecen penalizar a las empresas, productoras nacionales”, comentó Diego Artiñano, gerente general de Electrodomésticos Mabeca.
La empresa no explicó por qué los precios subieron de forma significativa después de la adquisición.
En algunos casos, la Comisión ha resuelto problemas sobre situaciones que conducían a prácticas monopólicas, tal como fue el caso de Embotelladora Panamco Tica, distribuidora de Coca Cola, en 2001.
En ese entonces, la Comisión consideró que la empresa incurrió en prácticas monopolísticas, a través de las cuales se pretendía establecer la distribución exclusiva del producto y la imposición de precio a sus compradores.
Sin embargo, el fallo en el caso Atlas en ningún momento obliga a la empresa a reducir los precios.
El Tribunal además recomendó que se baje el impuesto pagado por las cocinas y refrigeradoras importadas, para incrementar la competencia local.
Sin embargo, esto no ha sucedido hasta el momento.
Por su parte, el Ministerio de Economía no tomó ninguna acción en la defensa de los consumidores, pese a que tiene el derecho de regular los precios en un caso de condiciones monopolísticas, según la Ley de Promoción y Defensa Efectiva del Consumidor.
Sin embargo, aunque la empresa perdiera la apelación, el monto de la multa entraría a las arcas del Gobierno y no se emplearía en resarcir a los consumidores que fueron quienes se vieron afectados.
En este caso, se trata de una intención de ayudar a los consumidores, la cual no cumple con esa meta.
Contrariamente, Ana Victoria Velázquez, directora de la Comisión, considera que la actual legislación es poco lo que le permite hacer de cara a mejorar la situación al consumidor, por lo que es necesario aprobar una reforma a la ley, iniciativa que se encuentra en espera de ser discutida en el plenario legislativo.
Mientras tanto, el sector empresarial queda con la incertidumbre de no saber lo que pueda suceder en el caso de una fusión o adquisición.
Actualmente existe la opción de consultar a la Comisión antes de una propuesta de transacción de esta índole, sin embargo, esto no es de carácter obligatorio, ni la Comisión puede actuar de oficio antes de que se concrete la transacción.
Esta situación incómoda fue reconocida por el Tribunal en el fallo.
“En Costa Rica, a diferencia de la mayor parte de los países con mayores desarrollos en Derecho de Competencia, se establece un control posterior de las concentraciones”, dijo la sentencia del Tribunal en el caso Atlas.
El mismo fallo reconoce que muchos países utilizan el mecanismo de la notificación previa.
Por eso, sería importante hacer una reforma en el sistema del control de los monopolios, de modo que sea posible obtener una decisión previa, tal como es el caso en muchos otros países.

Bernal Rodríguez
brodriguez@larepublica.net






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