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Conozca sus las garantías laborales si trabajará por temporada alta

Alexandra Cubero acubero@larepublica.net | Miércoles 08 noviembre, 2017 09:39 a. m.




Con la llegada de la temporada navideña muchos comercios buscan reforzar sus operaciones a través de contratos temporales.

Los colaboradores que se sumaron al equipo de una compañía y se mantendrán por pocos meses cuentan con garantías laborales y deberes a la hora de iniciar sus funciones.

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“Lo primero que debe existir en esa relación laboral es un contrato donde se especifiquen las condiciones del trabajo que debe realizar la persona”, dijo Lupita Quintero, experta en derecho laboral de Nassar Abogados.

El artículo 24 del Código de Trabajo establece que el contrato debe indicar el nombre completo de los contratantes, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, domicilio y números de cédula.

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Otro punto importante es la dirección de la residencia del trabajador.

Además, se debe especificar la duración del contrato, el tiempo de la jornada de trabajo y las horas en que debe presentarse el colaborador, así como el sueldo, y si se calcula por unidad de tiempo, por unidad de obra o de alguna otra manera, y la forma, período y lugar del pago.

La experta además recordó los siguientes aspectos establecidos en la ley:

  • No debe faltar el seguro ante la Caja de Seguro Social y el Instituto Nacional de Seguros.
  • El trabajador temporal tendrá derecho a recibir el aguinaldo luego de trabajar más de un mes y el salario que reciba no debe ser menor a los mínimos estipulados por el Ministerio de Trabajo, y según el puesto que ocupe.
  • Las jornadas de un trabajador temporal son las mismas de uno que trabaja por tiempo indefinido, según lo estipula el artículo 136 del Código de trabajo, diurna, mixta o nocturna.
  • En el caso de los menores de edad, el Código de Trabajo da la posibilidad que los mayores de 15 años, ellos pueden laborar seis horas en jornada diurna y 36 horas semanales.
  • En cuanto al tiempo para la alimentación, los trabajadores temporales tienen derecho a no menos de 30 minutos para descansar y tomar fuerzas para seguir con las labores del día

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