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Comprar casa o local comercial saldría más caro con reforma fiscal

Tatiana Gutiérrez Wa-Chong tgutierrez@larepublica.net | Miércoles 25 abril, 2018




El sueño de comprar una casa o un local comercial saldría más caro si se llegara a aprobar la reforma fiscal que se discute en la Asamblea Legislativa.

Esto, debido a que las empresas inmobiliarias y los inversionistas pagarían un 15% del impuesto sobre la renta.

Dicho cargo se trasladaría al consumidor final, porque las compañías no asumirán esos costos adicionales, encareciendo el precio de los bienes.

“Con el impuesto, si una empresa compra un lote en ¢50 millones y lo vende al cabo de un año en ¢55 millones, tendrá que pagar el 15% sobre los ¢5 millones que obtuvo de ganancia por la transacción, cosa que actualmente no se hace”, explicó Alan Saborío, socio director de Deloitte.

Y es que el proyecto de ley grava todas las rentas de capital de las compañías, como por ejemplo, la venta de casas, autos, lotes comerciales y alquileres, así como los dividendos e intereses.

Ese impuesto regiría únicamente para las empresas inmobiliarias o de bienes raíces y no para una familia que quiere vender su casa, ni las cosas que están dentro del inmueble como: cuadros, electrodomésticos, etc.

Esto perjudicará aún más al sector que se dedica a la venta de casas, ya que las familias preferirán negociar ellas de forma directa y que no les cobren impuestos, lo que crearía más competencia en el mercado.

Las propiedades que provienen de herencias están exentas.

“Este nuevo impuesto golpeará al sector inmobiliario porque tendrá que pagar impuestos que ahora no tienen, pero también a las personas que quieran comprar una casa, ya que el precio sería mayor”, aseguró German Morales, experto de la firma consultora Grant Thornton.

Otro aspecto que incluye el proyecto de ley es un impuesto de renta a los alquileres de los locales comerciales.

Sin embargo, establece que se permite deducir un 15% de gasto único y el 15% se cobrará sobre el remanente.

Esto quiere decir, que si una persona arrenda un local y cobra ¢100 mil por mes tendrá una deducción única de ¢15 mil por gastos de servicios públicos de impuesto sobre la renta. Empero, deberá pagar el 15% sobre el remanente, que en este caso sería de ¢85 mil, por lo que el monto del impuesto aproximado a pagar sería de ¢12.750.

Este monto, lógicamente no lo asumirá el propietario del local y sería trasladado, sin lugar a dudas, al inquilino.

Es importante aclarar que el cobro tributario no se aplica a los alquileres de casas de habitación cuyo monto sea inferior a un salario base (¢437 mil por mes). Las que lo superan cancelarán un 15%.

Otro de los cambios, dependería de que se apruebe una de las mociones presentadas para que se aplique un impuesto al valor agregado a los alquileres más bajos del salario base, lo cual, sin duda alguna, encarecería el precio y complicaría el acceso a la vivienda.

Sin embargo, el proyecto de ley está en este momento en revisión por los diputados y pasará al Plenario en los próximos días.

“Es importante que se analice bien por parte de la Dirección de Tributación y de los diputados ya que afectaría a una gran cantidad de familias que no tienen, en la actualidad, la posibilidad de acceder a una casa propia y esta ley podría complicar aún más el problema”, aseguró Francisco Avilés, gerente general de Argo Estrategia.

Los cambios

Las principales modificaciones al impuesto de la renta son las siguientes:

-Se globaliza el tratamiento de las rentas de las entidades financieras y se permite para los bancos la deducibilidad de reservas y provisiones aprobadas por los entes reguladores.

-Se exoneran las ganancias por ventas de valores a través de una bolsa de valores.

-Se crean dos nuevos tramos de gravamen del impuesto al salario del 20% y el 25% para salarios mayores a ¢2.103.000.

-Se declaran exentas las rentas y ganancias de capital obtenidas por los fondos de pensiones y planes de beneficios y del Fondo de Capitalización Laboral.

-Se gravan con un 7% los rendimientos generados por títulos del Banco Popular y del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda así como los títulos emitidos por las cooperativas de ahorro y crédito y asociaciones solidaristas.

-Se aclara que se no se gravarían los ingresos provenientes del exterior.

 

 

 

 

 


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