Inamu: Servicios de salud del Estado deben facilitar anticoncepción oral de emergencia no solo en casos de violencia sexual
Karla Barquero karlabarquero.asesora@larepublica.net | Viernes 09 agosto, 2019 05:28 p. m.
Un amplio documento legal en contraposición a una Acción de Inconstitucionalidad que pretende impedir el acceso al anticonceptivo oral de emergencia Levonorgestrel, es lo que presentó el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu) ante la Sala Constitucional.
El documento aporta criterio técnico-jurídico, científico y ético, en respaldo al derecho de todas las mujeres al acceso a la anticoncepción oral de emergencia, esto en el marco del decreto que permite su comercialización libre y sin receta.
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En esta coadyuvancia el Inamu sostiene que el Levonorgestrel, no implica ninguna afrenta al derecho a la vida, dado que sus efectos consisten únicamente en impedir o retrasar la ovulación con la finalidad de que no se dé una fecundación, es decir, que el óvulo y el espermatozoide no se unan.
También sostiene que el fármaco se venda sin receta, ya que cuanto más rápido se administre, mayor eficacia tendrá.
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Además, la posición del Inamu indica que los servicios de salud del Estado costarricense deben brindar una opción efectiva de acceso al medicamento, no solo en casos de violencia sexual, debido a que la adquisición en el sector privado significa un alto costo económico para las mujeres.
“Los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres son jurídicamente exigibles y el poder acceder al uso de la anticoncepción oral de emergencia forma parte de estos derechos. Lo contrario es seguir perpetuando, por omisión, formas de violencia que repercuten en la salud de las costarricenses”, dijo Patricia Mora, ministra de la Condición de la Mujer y presidenta ejecutiva del Inamu.