La interacción entre la regulación contable emitida por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica y los criterios adoptados por la Dirección General de Tributación podría convertir al período 2027 en un punto de inflexión para los Grandes Contribuyentes, quienes deberán prepararse para aplicar NIIF completas y, simultáneamente, iniciar la recopilación de información requerida para los reportes de sostenibilidad bajo las NIIF S1 y S2.
Muchas empresas costarricenses aún asocian los informes de sostenibilidad con entidades financieras, compañías aseguradoras o empresas que participan en mercados de valores. Sin embargo, el alcance de estas obligaciones está evolucionando rápidamente y podría extenderse a un universo mucho más amplio de organizaciones.
Por un lado, el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera sobre Sostenibilidad, NIIF S1 y NIIF S2, estableciendo su aplicación obligatoria para determinados tipos de entidades a partir de los reportes correspondientes al período 2027. Por otro lado, la Dirección General de Tributación dispuso que los Grandes Contribuyentes formalmente notificados deberán llevar su contabilidad bajo NIIF completas a partir del 1 de enero de 2027.
Analizadas en conjunto, estas disposiciones generan una consecuencia relevante: la posibilidad de que un Gran Contribuyente continúe utilizando NIIF para las PYMES deja de ser una alternativa viable para efectos tributarios, incorporando a estas entidades dentro del grupo que deberá prepararse para reportar información relacionada con sostenibilidad.
¿Qué son las NIIF S1 y NIIF S2?
Las NIIF S1 y NIIF S2 fueron emitidas en 2023 por el Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB), organismo perteneciente a la Fundación IFRS. Su finalidad es complementar la información financiera tradicional mediante la revelación de riesgos y oportunidades de sostenibilidad que puedan afectar la capacidad de una entidad para generar valor en el corto, mediano y largo plazo.
La NIIF S1 establece los requerimientos generales para la divulgación de información relacionada con sostenibilidad. Su objetivo es que las organizaciones revelen aquellos riesgos y oportunidades que razonablemente podrían afectar sus flujos de efectivo futuros, el acceso a financiamiento o el costo del capital.
Por su parte, la NIIF S2 se concentra específicamente en aspectos climáticos, requiriendo información sobre riesgos físicos, como fenómenos meteorológicos extremos, y riesgos de transición, derivados de cambios regulatorios, tecnológicos o de mercado asociados con la transición hacia economías más sostenibles. También contempla métricas relacionadas con emisiones de gases de efecto invernadero y objetivos climáticos.
Ambas normas se estructuran alrededor de cuatro pilares fundamentales: gobernanza, estrategia, gestión de riesgos y métricas y objetivos, elementos que deben estar integrados con la información financiera de propósito general de la entidad.
Cuatro fechas clave
El marco regulatorio ya se encuentra definido y presenta un calendario que las organizaciones deberían considerar desde ahora:
- 1 de enero de 2024. Entrada en vigor de las NIIF S1 y NIIF S2 en Costa Rica, adoptadas por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica. Desde esa fecha es posible su aplicación voluntaria.
- 1 de enero de 2027. Entrada en vigor de la Resolución MH-DGT-RES-0015-2026, mediante la cual los Grandes Contribuyentes notificados deberán aplicar NIIF completas para efectos tributarios y de control fiscal.
- 31 de diciembre de 2027. Finalización del primer período que serviría de base para la elaboración de los reportes obligatorios de sostenibilidad para las entidades alcanzadas por esta regulación.
- Durante 2028. Presentación de los primeros informes obligatorios de sostenibilidad correspondientes al período 2027.
La coincidencia temporal de ambas obligaciones resulta particularmente relevante. Para numerosos Grandes Contribuyentes, el 2027 podría constituir simultáneamente su primer ejercicio bajo NIIF completas y el primer período sujeto a recopilación formal de información para reportes de sostenibilidad.
El criterio de Tributación
La Resolución MH-DGT-RES-0015-2026 establece expresamente que las personas jurídicas clasificadas como Grandes Contribuyentes formalmente notificadas deberán llevar su contabilidad de conformidad con las NIIF completas. Los demás contribuyentes podrán optar entre NIIF para las PYMES o NIIF completas, dependiendo de sus necesidades de información financiera.
Según la propia Administración Tributaria, esta disposición busca fortalecer la transparencia, comparabilidad, trazabilidad y calidad de la información financiera utilizada en procesos de control fiscal y conciliación tributaria.
Esta posición fue posteriormente ratificada mediante el oficio MH-DGT-SDGT-OF-0148-2026, en respuesta a las observaciones planteadas por el Colegio de Contadores Públicos mediante el oficio CCPA-JD-09-2026. En dicho documento, Tributación sostiene que las NIIF para las PYMES fueron diseñadas para entidades de menor complejidad operativa y económica, por lo que no reflejan adecuadamente la realidad de un Gran Contribuyente.
Asimismo, la DGT identificó áreas de especial interés fiscal que justifican la necesidad de mayor revelación financiera, incluyendo operaciones con partes vinculadas, precios de transferencia, combinaciones de negocios, activos intangibles, financiamiento intragrupo, operaciones internacionales y esquemas de planificación tributaria agresiva.
Otro aspecto relevante aclarado por Tributación es que la condición de PYME otorgada por el MEIC no modifica el tratamiento contable exigido para un Gran Contribuyente. Una empresa podría ser considerada PYME para efectos de los programas de fomento empresarial y, simultáneamente, estar obligada a utilizar NIIF completas debido a su clasificación tributaria.
La consecuencia práctica
A partir de la normativa actualmente vigente, el análisis puede resumirse de la siguiente manera:
- El Colegio de Contadores Públicos incorporó dentro de los sujetos obligados a reportar bajo las NIIF S1 y S2 a los Grandes Contribuyentes que utilizan NIIF completas.
- La Dirección General de Tributación estableció que los Grandes Contribuyentes notificados deberán aplicar NIIF completas a partir de 2027.
En consecuencia, una parte significativa de los Grandes Contribuyentes deberá prepararse simultáneamente para la adopción de NIIF completas y para la elaboración de información relacionada con sostenibilidad correspondiente al período 2027.
¿Qué deberían hacer las empresas?
La preparación no debería iniciar en 2028. Para muchas organizaciones, los datos y métricas que deberán divulgarse comenzarán a generarse desde el primer día del período sujeto a reporte. Por ello, resulta recomendable:
- Verificar si la entidad ha sido formalmente clasificada como Gran Contribuyente por la Administración Tributaria.
- Evaluar las diferencias existentes entre NIIF para las PYMES y NIIF completas.
- Analizar los efectos tributarios, financieros y operativos derivados de la transición.
- Realizar un diagnóstico de sostenibilidad que permita identificar riesgos y oportunidades materiales para el negocio.
- Definir estructuras de gobernanza, responsabilidades internas y mecanismos de control sobre la información relacionada con sostenibilidad.
- Implementar procesos de captura y validación de información desde el inicio del período 2027.
La convergencia entre la regulación tributaria y los requerimientos de información sobre sostenibilidad marca un cambio significativo para los Grandes Contribuyentes en Costa Rica. Lo que inicialmente podría interpretarse como un ajuste estrictamente contable tiene implicaciones más amplias en materia de gobernanza, transparencia corporativa, gestión de riesgos y sostenibilidad.
Las organizaciones que inicien oportunamente su proceso de preparación estarán en mejor posición para enfrentar esta doble transición, minimizar riesgos de cumplimiento y aprovechar la sostenibilidad como un elemento estratégico para la generación de valor y la toma de decisiones.




































