AERIS alerta por aumento de drones cerca del Juan Santamaría y recuerda las restricciones
Los drones no pueden operar dentro de un radio de ocho kilómetros de un aeródromo sin autorización de Aviación Civil
El aumento de reportes de drones cerca del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría (AIJS) encendió una alerta por el riesgo que representan para las operaciones aéreas.
Los incidentes se duplicaron respecto al año anterior, por lo que AERIS recordó a los usuarios la normativa vigente para operar estos equipos.
Un dron cerca de un aeropuerto representa un riesgo durante el despegue, la aproximación y el aterrizaje, debido a la velocidad de las aeronaves.
Incluso los equipos pequeños pueden resultar difíciles de detectar y, ante una colisión, causar daños en motores, parabrisas o superficies de control.
Además, un reporte puede activar medidas preventivas para proteger las operaciones aéreas, según la ubicación, altura, trayectoria y persistencia del dron.
Las autoridades competentes pueden restringir o suspender temporalmente despegues y aterrizajes mientras verifican que la condición de riesgo haya desaparecido.
Esta situación puede generar demoras en vuelos, aeronaves en espera, cambios en las secuencias de tránsito y, si se prolonga, desvíos hacia otros aeropuertos.
“Cada vez que se reporta un dron en las cercanías del aeropuerto, nuestra prioridad es proteger la seguridad de las personas”, señaló Arturo Zamora, gerente de Operaciones y Seguridad de AERIS.
También explicó que, ante un riesgo potencial, se activan protocolos de coordinación con la Torre de Control y las autoridades competentes.
“Quienes utilicen drones deben conocer la normativa vigente y gestionar las autorizaciones necesarias antes de volarlos cerca de un aeropuerto”, dijo Zamora.
La Dirección General de Aviación Civil (DGAC) establece restricciones para la operación de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS).
Entre ellas, prohíbe operar drones dentro de un radio de ocho kilómetros alrededor de un aeródromo, salvo que exista autorización expresa de la DGAC.
Para realizar un vuelo dentro de esa zona, el operador debe gestionar previamente el permiso ante la autoridad aeronáutica.
La solicitud debe incluir el responsable de la operación, el motivo de la actividad, la ubicación y las coordenadas geográficas.
También debe especificar la altura máxima, el radio de operación y las fechas y horas previstas para el vuelo.
Con estos datos, la DGAC evalúa la solicitud y, si procede, establece las condiciones operativas y de coordinación necesarias.
El incumplimiento de estas disposiciones puede generar procedimientos administrativos y sanciones contempladas en la legislación aeronáutica vigente.
AERIS recomienda a quienes poseen o utilizan drones informarse antes de volar, verificar las restricciones aplicables y gestionar los permisos cuando corresponda.
El uso responsable de estos equipos contribuye a proteger la seguridad de las operaciones aéreas y la experiencia de los pasajeros del AIJS.