Intermanagement Costa Rica S.A.
Cédula Jurídica: 3-101-361039
En su condición de Fiduciario del contrato de Fideicomiso de Garantía denominado: "CELESTE LAWSON - BCR - IMCR - 184002673918 - CERO CERO UNO"
Se permite comunicar que, en cumplimiento del contenido establecido dentro del contrato privado de Fideicomiso de Garantía denominado "CELESTE LAWSON - BCR - IMCR - 184002673918 - CERO CERO UNO", y a solicitud del Fideicomisario-Acreedor Banco de Costa Rica, cédula jurídica número cuatro - cero cero cero cero cero cero cero diecinueve - cero nueve, se procederá a subastar las siguientes propiedades: i. La finca de San José número doscientos quince mil doscientos sesenta y uno - F - cero cero cero, naturaleza: finca filial residencial nivel treinta - trece, destinada a uso residencial, en proceso de construcción, situada en la planta nivel treinta, en el distrito octavo Mata Redonda, cantón primero San José, de la provincia de San José; linderos: al norte: vacío; al sur: finca filial residencial nivel treinta - doce y área común construida de pasillos; al este: vacío y finca filial residencial nivel treinta - doce; al oeste: vacío; mide sesenta y cinco metros con diecinueve decímetros cuadrados; plano catastrado número SJ - once mil ochocientos treinta y uno - dos mil veintidós; siendo propietario Intermanagement Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos sesenta y un mil treinta y nueve, en calidad de fiduciario, con una estimación de precio de doscientos veinte mil seiscientos treinta dólares con catorce centavos ($220,630.14). ii. La finca de San José número doscientos catorce mil seiscientos cincuenta y ocho - F - cero cero cero, naturaleza: finca filial de estacionamiento nivel dos - veintiocho, destinada a uso de estacionamiento, en proceso de construcción, situada en la planta nivel dos, en el distrito octavo Mata Redonda, cantón primero San José, de la provincia de San José; linderos: al norte: finca filial estacionamiento nivel dos - veintisiete; al sur: finca filial estacionamiento nivel dos - veintinueve; al este: finca filial estacionamiento nivel dos - veinte; al oeste: área común construida de acceso vehicular; mide dieciséis metros cuadrados; plano catastrado número SJ - doce mil ciento ocho - dos mil veintidós; siendo propietario Intermanagement Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos sesenta y un mil treinta y nueve, en calidad de fiduciario, con una estimación de precio de veinticinco mil dólares ($25,000.00). Según informe de avalúo número de orden cinco millones ciento cincuenta y siete mil doscientos veinticuatro, del treinta de mayo de dos mil veinticuatro, realizado por la perito Diana Gabriela Alvarado Alcázar, las fincas antes descritas constituyen una unidad funcional, por lo que serán subastadas en forma conjunta, sin que proceda su liberación o adjudicación por separado. La subasta se llevará a cabo en las oficinas de este Fiduciario, ubicadas en: San José, Sabana Sur, Oficentro Ejecutivo La Sabana, Edificio seis, piso cinco. Primer remate: Se llevará a cabo a las 11:30 horas del 09 de noviembre de 2026, con una base de doscientos siete mil cuatrocientos diez dólares con cuatro centavos ($207,410.04) (moneda de curso de los Estados Unidos de América). Segundo remate: De no haber postores, se procederá a llevar a cabo un segundo remate del patrimonio indicado, para lo cual se señalan las 11:30 horas del 17 de noviembre de 2026, a fin de subastar por una base de ciento cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y siete dólares con cincuenta y tres centavos ($155,557.53), que corresponde a un veinticinco por ciento (25%) menos de la base original; siguiendo el mismo procedimiento establecido para el primer remate. Tercer remate: De no haber postores se procederá a llevar a cabo un tercer remate del patrimonio indicado, para lo cual se señalan las 11:30 horas del 25 de noviembre de 2026, a fin de subastar por una base de cincuenta y un mil ochocientos cincuenta y dos dólares con cincuenta y un centavos ($51,852.51), que corresponde a un veinticinco por ciento (25%) de la base original. Condiciones generales para las subastas: En cualquier momento antes de realizarse la subasta el Fideicomitente-Deudor podrá pagar totalmente las sumas adeudadas y los gastos ocasionados, caso en el cual se suspenderá el proceso de venta previa instrucción de la Fideicomisaria Principal. El patrimonio fideicometido a subastar podrá ser comprado por quien realice la mejor oferta, ya sea un tercero o el propio Fideicomitente. No se admitirán ofertas que no cubran la base. Solo se admitirán postores que, en el acto del remate, depositen el cincuenta por ciento (50%) de la base de los bienes, en cheque certificado o cheque de gerencia de un banco domiciliado en Costa Rica, u orden de pago irrevocable a favor del Fiduciario, y que señalen un lugar o medio para atender notificaciones. El depósito será considerado parte del precio a pagar en caso de adjudicación. No se admitirán postores que no hayan cubierto la totalidad del depósito previo ni aquellos que lo hayan hecho a destiempo. La Fideicomisaria Principal no estará obligada a hacer depósito para participar, siempre que su oferta sea en abono a su propio crédito. Si el monto ofrecido por la Fideicomisaria Principal supera lo adeudado, una vez aprobada la liquidación final se le prevendrá depositar la diferencia dentro de tercer día; si no lo hace, el remate se declarará insubsistente. Si en el acto del remate el mejor postor no paga la totalidad de lo ofrecido, deberá depositarla dentro de los tres días hábiles siguientes; de no hacerlo, la subasta se declarará insubsistente y el Fiduciario entregará un treinta por ciento (30%) del depósito a la Fideicomisaria Principal como indemnización fija de daños y perjuicios, entregando el resto en abono al crédito a cargo del Fideicomitente. Declarada la insubsistencia, se ordenará celebrar nuevamente el remate correspondiente, exigiendo en esa ocasión el depósito de la totalidad de la base. Si en el segundo remate no hay postores, la Fideicomisaria Principal podrá adjudicarse el patrimonio fideicometido por el setenta y cinco por ciento (75%) de la base original, en cuyo caso no habrá tercer remate. Si en el tercer remate no hay postores, el patrimonio fideicometido se tendrá por adjudicado a la Fideicomisaria Principal por el veinticinco por ciento (25%) de la base original. Una vez celebrado el remate, el Fiduciario quedará a disposición del adjudicatario para el otorgamiento de la escritura de traspaso correspondiente, una vez cancelada la totalidad del precio ofrecido dentro del plazo indicado, y liquidará el producto de la subasta aplicando las sumas recibidas, en su orden, al pago de honorarios y gastos del Fideicomiso y de su ejecución, al pago del saldo adeudado a la Fideicomisaria Principal por concepto de principal, intereses y comisiones del crédito garantizado, entregando cualquier remanente al Fideicomitente-Deudor, salvo impedimento legal. Los gastos y honorarios de la escritura de traspaso correrán por cuenta del adjudicatario respectivo, ante el notario público que designe el Fiduciario. Cualquier solicitud de información deberá dirigirse a cobrojudicial@bdo.cr. Responsable: Gerente de Fiduciaria: Daniel Quesada Quirós, cédula de identidad: 1-0836-0954. Publíquese dos veces.




















