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Una reforma por falta de quórum

Bruno Stagno bstagno@gmail.com | Lunes 09 diciembre, 2013


La sorpresiva decisión de Arabia Saudita ha puesto en relieve cuán necesarios son los miembros no permanentes para asegurar el “quórum” en el Consejo de Seguridad


Una reforma por falta de quórum

El 18 de octubre pasado, la víspera de su elección como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para el periodo 2014-2015, Arabia Saudita anunció que no asumiría el puesto. Desde la fundación de las Naciones Unidas en 1945, muchos estados miembros han retirado o postergado sus candidaturas al Consejo —usualmente porque no logran reunir los votos necesarios para superar a la competencia—, antes de o durante las elecciones anuales en las que la Asamblea General renueva la mitad de los asientos no permanentes. Ninguno, sin embargo, había desistido tras su elección al Consejo de Seguridad.
Aunque subsanable —el 6 de diciembre Jordania fue electa para llenar la vacante—, la sorpresiva decisión de Arabia Saudita ha puesto en relieve cuán necesarios son los miembros no permanentes para asegurar el “quórum” en el Consejo de Seguridad.
Previo al anuncio de Arabia Saudita, se pensaba que lo único que podía parcialmente paralizar al Consejo era el recurso al veto de parte de los miembros permanentes, aunque aplicado a casos específicos. Ni siquiera el boicot de seis meses en 1950 que mantuvo la Unión Soviética, un miembro permanente, impidió que el Consejo siguiera en sesión y adoptando decisiones. Dado que la Carta de las Naciones Unidas establece un Consejo integrado por 15 miembros (cinco permanentes y diez no permanentes), pero define que nueve votos afirmativos son necesarios para adoptar decisiones, la ausencia de hasta seis de sus miembros no paraliza al Consejo.
Lo que Arabia Saudita ha inconscientemente puesto de relieve es que el Consejo necesita más de los diez miembros no permanentes que de los cinco permanentes para asegurar el “quórum” de nueve miembros para adoptar decisiones.
Aunque las implicaciones de la vacancia anunciada por Arabia Saudita aún no han calado en todos los estados miembros de Naciones Unidas, ahora existe una prueba bastante tangible del poder que tienen los miembros no permanentes para conformar el “quórum”.
La Asamblea General lleva ya dos décadas debatiendo sin éxito el tema de la reforma del Consejo de Seguridad. Gracias a los artículos pétreos 108 y 109 de la Carta, es imposible enmendar la Carta, y por ende reformar el Consejo por ejemplo, sin la venia de cada uno de los cinco miembros permanentes. Previo al 18 de octubre, los miembros permanentes estaban muy confiados con los debates sin fin en la Asamblea General. Ahora, están algo nerviosos, no por los debates, sino por las ideas que pueden aflorar entre las futuras generaciones de miembros no permanentes para exigir la reforma del Consejo mediante la falta de “quórum”.
Los miembros permanentes han usado el veto 271 veces desde 1946. Puede ser que ya sea hora para que al menos siete miembros no permanentes coordinen su no presencia en el Consejo para hacer posible una reforma integral de esta herencia de la Segunda Guerra Mundial.

Bruno Stagno Ugarte

 

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