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Una vejez digna​

Ennio Rodríguez ennio.rodriguez@gmail.com | Martes 18 abril, 2017


Una vejez digna

Los sistemas de pensiones en la sociedad costarricense debieran estar diseñados en torno a un principio de solidaridad: asegurar a todos una vejez digna. Un segundo principio inspirador debiera ser el de la equidad: el trato igual a los iguales y desigual a los desiguales. Un tercero, de naturaleza económica, sería su sostenibilidad. Vistos a partir de estos tres principios, los sistemas de pensiones fallan irremediablemente. Se han discutido algunas reformas para el IVM y para los regímenes especiales, pero falta una discusión más sistémica de la multiplicidad de regímenes a partir de un conjunto de principios inspirados en el bien común.

El principio de solidaridad. El IVM tiene elementos de solidaridad en su diseño, por cuanto las contribuciones al régimen no cuentan con tope, mientras que las pensiones sí lo tienen. Sin embargo, cubre solo a los asalariados del sector formal de la economía y, mediante un financiamiento por transferencia al IVM, las pensiones no contributivas, para quienes califiquen como pobres. Sin embargo, este régimen no cubre a todos los pobres y el monto de las pensiones de aquellos cubiertos, no permite a sus beneficiarios, en la mayoría de los casos, escapar de la pobreza (el monto actual de la pensión no contributiva es inferior a la línea de pobreza per cápita). Estos grupos requieren atención que no podría recargarse sobre el IVM.

Una consideración especial es el caso de quienes, habiendo contribuido al IVM, obtienen una pensión cercana al límite inferior y, si de ella depende más de una persona, se pueden encontrar en situación de pobreza (inferior a la línea de pobreza per cápita). Otro grupo por destacar, a partir del objetivo de asegurar una vejez digna, se refiere a aquellos que no logran contribuir el número mínimo de cuotas necesario y, por lo tanto, no pueden jubilarse al amparo del IVM, por lo que puede ocurrir que, al retirarse del mercado laboral, caigan en condición de pobreza aquellos que no tengan activos que les permitan vivir de sus rendimientos. Deben contemplarse medidas para este grupo; tales como, por ejemplo, mediante pensiones proporcionales una vez que se llega a la fecha de jubilación.

Una de las razones por las que gran parte de los costarricenses no contribuye al IVM, ni a ninguno de los regímenes especiales, es por pertenecer al amplio sector informal. Este sector representó el 43% de la fuerza laboral a fines de 2016, la reducción desde el 46% del año anterior se explica por una reducción de la tasa de participación laboral y no por un aumento del empleo formal. Por lo tanto, el problema del número de personas no cubiertas por el IVM es mayor cuando se suman estos dos efectos (los que laboran en el sector informal y los que se retiran de la fuerza laboral desanimados por la dificultad en encontrar trabajo en ninguno de los dos sectores formal o informal). Este 43% no contribuye a la Caja o, si lo hace, lo es en calidad de trabajadores independientes, lo cual no incluye la cuota patronal y debilita financieramente al IVM. Desde una perspectiva de solidaridad, conviene regularizar la situación del sector informal o, al menos, lograr su reducción significativa, mediante, por ejemplo, una reducción o eliminación temporal de los otros impuestos a la planilla. Esto aumentaría la base de contribuyentes y, por lo tanto, reduciría la cantidad de personas no cubiertas por ningún sistema de pensiones y, además, mejoraría la solidez financiera del IVM.

El principio de equidad. Las transferencias a los regímenes especiales de pensiones representan un 9.9% del Presupuesto Nacional de 2017 (0,9 mil millones de colones). Es más que el presupuesto de los ministerios de Seguridad, de Gobernación, de Justicia y de Obras Públicas juntos. Estas transferencias se deben a leyes especiales y no a consideraciones de equidad alguna. En su mayoría, tienen topes, si es que los tienen, muy superiores al IVM, y son financiados parcialmente por el Presupuesto Nacional. De justificarse alguna transferencia proveniente del Presupuesto Nacional, sería al IVM (que cubre a la mayoría) y no a los regímenes especiales. Incluso, gracias a modificaciones recientes de muchos de estos regímenes, eventualmente la contribución fiscal tenderá a disminuirse. Pero no puede haber equidad en los sistemas de pensiones, si mediante leyes especiales, algunos grupos logran pensiones mayores a los topes del IVM. Hoy día son una fuente de inequidad en la distribución del ingreso. Bajo el principio de equidad, todos los regímenes, no autofinanciados, debieran converger, ya sea financieramente o, al menos en sus parámetros, al IVM. Aún quedan reformas pendientes para promover una mayor equidad en lo que concierne a los regímenes especiales.

El principio de sostenibilidad. La sostenibilidad de todos los regímenes de pensiones ha sido impactada por los cambios demográficos, particularmente, el aumento en la esperanza de vida y la reducción de las tasas de fecundidad. Lo cual obliga a su revisión. Pero los regímenes especiales sufren, además, de errores de diseño que afectan su sostenibilidad. La mayoría se ha venido cerrando (no aceptan nuevos beneficiarios), pero su carga sobre el Presupuesto Nacional continuará por años. Aún queda por atender el régimen del Poder Judicial. Cabe citar que, en una de las propuestas más favorables para asegurar su sostenibilidad, el cargo al Presupuesto Nacional es de alrededor de 1,3 mil millones de colones anuales (mayor al costo del Tren Rápido de Pasajeros cada año).

En definitiva, la discusión de la sostenibilidad de los regímenes de pensiones, tanto del IVM como los especiales, no debe darse al margen de los principios de solidaridad y equidad. La contribución del Presupuesto Nacional a los regímenes especiales debiera estar condicionada a que se adopten los parámetros del IVM. Adicionalmente, debemos avanzar hacia la cobertura de los más desprotegidos de nuestra sociedad, a quienes estamos condenando a una vejez indigna. Las mayorías no se deben sacrificar para que minorías disfruten de condiciones especiales con cargo al Presupuesto Nacional.

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