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Miércoles, 1 de mayo de 2024



FORO DE LECTORES


Una particularidad democrática

Vladimir de la Cruz vladimirdelacruz@hotmail.com | Miércoles 11 octubre, 2023


VC


Costa Rica tiene el reconocimiento internacional, y latinoamericano, de gozar y tener un sistema democrático fuerte, vigoroso, en el cual una de sus virtudes y fundamentos, es la ausencia de una institución como el Ejército, que tantos males ha causado a la democracia latinoamericana, en sus distintos países.

La abolición que de él se hizo en 1949 no ha necesitado, en estos 74 años, convocar por la vía excepcional, que la Constitución Política permite, a la constitución transitoria de un contingente militar, con esa denominación de Ejército, para defender la integridad territorial, frente a una agresión militar a nuestro territorio, o para defender la Independencia y la Soberanía nacional, del Estado, y la Libertad del pueblo costarricense, frente a iguales amenazas.

La Fuerza Pública que se constituyó ha sido el pilar y el baluarte de la organización estatal frente a estos posibles eventos, y ha sido ejemplo claro de la certeza de haber eliminado el Ejército como institución permanente del Estado costarricense. Aun así, hay que estar siempre vigilantes de esta institución policial, que mal dirigida, y acostumbrada a reprimir, como se está entrenando a los cuerpos policiales, puedan gestar en su interior, o con alianza al Poder Ejecutivo, gorilitas, embriones de dictadores, o que terminen apoyando tiranos y presidentes autoritarios.

Una particularidad adicional que la hace única, me atrevo a pensar que en todo el mundo, es que durante los procesos electorales, desde que se convocan hasta que se instalan las autoridades electas, por varias semanas, casi siete meses, la Fuerza Pública se somete en mando y autoridad suprema al Tribunal Supremo de Elecciones, para garantizar no solo el proceso electoral, de amenazas internas, que pudieran descarrilarlo, sino para asegurar el ejercicio democrático de la emisión de la voluntad popular, por el voto, y asegurar el nombramiento de autoridades que de ese voto emerja y se produzca. El otro elemento de este sometimiento es el destacar que la Fuerza Pública debe guardar imparcialidad ante el proceso electoral y ponerse, en ese tanto, al servicio de todos los partidos políticos, y no solo al servicio del que podría ser partido de gobierno, como sucede en países latinoamericanos y centroamericanos como conocemos que esos cuerpos militares se manejan al antojo presidencial contra partidos, candidatos y contra el mismo proceso electoral.

El traslado del poder policial al Tribunal Supremo de Elecciones es más simbólico que otra cosa, pero absolutamente funcional. El Ministro de Seguridad sigue siendo el mismo, y participando del Consejo de Ministros o de Gobierno; los oficiales de los altos rangos policiales siguen siendo los mismos y los planes operativos diarios siguen ejecutándose como deben ser. El más alto oficial de la Fuerza Pública pasa a coordinar con el Tribunal Supremo de Elecciones lo que corresponda a la imagen pública y la situación real de lo que significa el traslado de mando de la Fuerza Pública al Tribunal Supremo de Elecciones, y a acatar lo que allí se disponga de su papel ante el proceso electoral. En la práctica es que, para efectos electorales, la Fuerza Pública obedece al Tribunal Supremo de Elecciones y no al Poder Ejecutivo, y se somete a él en todo el proceso y en la salvaguarda y respeto al resultado que se produzca en urnas.

El pasado miércoles 4 de octubre en el acto oficial de convocatoria del proceso electoral cantonal, para las 84 municipalidades del país, con participación de los Presidentes de la República y del Poder Judicial; no así, al menos reseñado en los periódicos, del Presidente de la Asamblea Legislativa, se hizo ese traslado de mando de la Fuerza Pública del Poder Ejecutivo al Tribunal Supremo de Elecciones, que tiene rango de Poder Público.

Un dato que adorna el proceso electoral es que la Fuerza Pública, el día de las elecciones, no puede hacer alarde en urnas, ni en juntas electorales, ni en las escuelas donde éstas funcionan, de su aspecto policial militar, ni de matonismo policial o militar alguno. En un proceso electoral de principios de este siglo, era yo candidato presidencial, se dieron dos sucesos, que de manera curiosa, ocurrieron casi simultáneamente en tiempo, pero en lugares distantes. Uno, en una localidad de la Provincia de Limón, y el otro, en Desamparados, en la Provincia de San José. En un caso se presentaron policías armados al reciento electoral y en el otro entró una patrulla con sus miembros, igualmente armados, a la escuela donde se llevaban a cabo las elecciones. En ambos casos, los miembros de mesa, en Limón, impidieron que los policías con sus armas se hicieran presentes a votar, y los obligaron a retirarse, y presentarse al recinto sin armas, bajo su protesta. En el otro, igualmente, los delegados electorales obligaron a sacar el auto policial, también bajo protesta. Mientras esto sucedía por minutos se suspendieron las elecciones en esos lugares, bajo cierta tensión, que se sometió inmediatamente en consulta al Tribunal Supremo de Elecciones, porque se había paralizado el proceso, por unos minutos, mientras se dilucidaba esta situación. El Tribunal en pocos minutos resolvió, y así lo comunicó, a ambos lugares, diciendo que la junta electoral, y los delegados electorales, tenían la razón y obligó a que los policías se desarmaran, en ambos casos, y sacaran el vehículo policial de la escuela donde se realizaban las elecciones, para que pudieran emitir su voto.

De esto, igualmente, se desprende que todo el proceso electoral, en urnas, descansa para su cuido en ciudadanos civiles, que son los delegados que nombran los partidos políticos y los auxiliares, también civiles, que nombra o asigna el Tribunal Supremo de Elecciones, como colaboradores de esas juntas. El material electoral, desde que se envía a las juntas electorales, descansa, desde esos días anteriores al día de elecciones, para su protección, en una casa de ciudadanos civiles. Recibido el material, los miembros de la Junta lo fiscalizan para asegurar que todo lo que les fue enviado está en orden y no falta nada. El día de las elecciones vuelven a realizar ese acto antes de abrir el proceso de votación a las 6 a.m, obligándose a hacer actas de los resultados, con copia a cada miembro de los que han participado por los partidos políticos en las urnas electorales, como garantía adicional de que los resultados no se alterarán. Lo mismo ocurre a las 6 p.m cuando se cierran los recintos electorales, con el mayor respeto y acatamiento, de manera que la persona que no llegó a votar, se quedó sin ejercer su derecho al voto, al sufragio; sin derecho a escoger de manera directa quien lo podía representar en el cuerpo político que se está eligiendo, sea el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo o Consejos Municipales y Distritales,

Los que hemos tenido oportunidad de ver procesos electorales en países donde el Poder Ejecutivo interviene fuerte y directamente, en los que violenta abiertamente las reglas establecidas para el proceso electoral, sin posibilidad de reclamos ciudadanos, ni de partidos políticos, hemos sido testigos de cómo el Presidente da órdenes, imponiéndose sobre las instancias electorales, de que el proceso electoral se prolongue más allá de las horas del cierre, lo que se aprovecha para movilizar ciudadanos, de última hora, simpatizantes del partido de gobierno, para que emitan su voto y alterar el resultado. Igualmente, de cómo las urnas y prácticamente los aspectos logísticos del proceso electoral, del día de las elecciones, están en manos del Ejército, con la imagen negativa, tenebrosa y temible que esta institución tiene en esos países. O bien, de cómo durante ese día se realizan despliegues militares de los miembros del Ejército por las ciudades y centros de votación, de igual manera amedrentadores.

En el acto oficial del pasado miércoles el llamado que hizo la Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones al Presidente de la República, fue claro y directo. Le recordó el imperativo de su neutralidad y la no beligerancia electoral durante este período, lo que incluye que el Poder Ejecutivo no puede realizar propaganda oficial sobre el trabajo y obras de las instituciones públicas y del gobierno, con ánimo de influir de esa manera en el electorado que se beneficia del resultado de esas obras, en las distintas comunidades del país.

Estamos, hasta que finalice todo el proceso electoral municipal, con la Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, al frente de todo el aparato policial del país, y de éste bajo su mando y sometimiento institucional.

Así funciona la democracia costarricense. ¡Bienvenidas las elecciones municipales!







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