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Un nuevo aire para el fortalecimiento de las finanzas públicas

Siany Villalobos sianyv@yahoo.com | Martes 12 junio, 2018


Un nuevo aire para el fortalecimiento de las finanzas públicas

Cuando se habla de impuestos en el país, se convierte en la historia de nunca acabar, las personas que acostumbramos estar informadas, no hemos dejado de leer sobre la situación económica de Costa Rica y sobre los futuros recortes al gasto “superfluo”, el empleo público y los disparadores automáticos del gasto, acerca de los incentivos laborales, sobre gravar bienes y servicios como las visitas al médico, las salas de belleza, impuestos a la canasta básica, a la educación privada, y la pertinencia de gravar Zonas Francas, entre otros.

En los medios de comunicación, encontramos un estira y encoge de parte de los diferentes sectores y ahora nuevamente volvemos al episodio de la Asamblea Legislativa y la aprobación de una modificación a la famosa moción 208 BIS.

En un artículo anterior les había comentado de forma breve qué es una moción 208 BIS, a manera de recordatorio, es la aplicación del artículo 208 BIS del Reglamento de la Asamblea Legislativa que busca dar un procedimiento especial a un determinado proyecto, en conclusión, es un trámite más rápido, que establece tiempos perentorios en cada una de las etapas del conocimiento del expediente, tanto en comisión, como en el plenario.

Como podemos recordar el Expediente Legislativo N°20580. “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, identificado popularmente como Plan Fiscal, fue de conocimiento y trabajo de los diputados(as) del periodo constitucional 2014-2018, quienes habían aplicado vía rápida. Sin embargo, no les alcanzó el tiempo para votar dicho proyecto.

Es válido y responsable que los nuevos diputados y diputadas dispongan de tiempo y espacio para conocer el proyecto y realizar las enmiendas que la ley les faculta, por el contrario sería extraño que un diputado(a) pueda votar un proyecto de la dimensión del expediente N°20580, sin revisión y estudio; además, da la oportunidad al Ejecutivo de procurar mejoras e incluirlas en la futura ley.

Ahora bien, a partir de esta semana se inicia el conocimiento de la mociones de fondo y de revisión presentadas por los diputados en el periodo anterior, mismas que quedaron pendientes de conociendo y votación, trámite que debe cumplirse para que pueda la comisión especial remitir el informe de mociones de fondo al Plenario, cabe recordar que estas mociones serán conocidas y votadas en comisión sin discusión.

La modificación de la moción 208 BIS, incorpora en el trámite del plenario, que una vez entregado el informe de mociones al plenario por parte de la comisión especial, la Presidente de la Asamblea Legislativa, deberá ordenar de oficio las consultas obligatorias de conformidad con la Constitución Política y de igual forma ordenar la publicación del texto actualizado en La Gaceta.

En el tiempo de espera de las respuestas institucionales, la comisión especial sesionará para recibir en tres sesiones distintas, la comparecencia única y exclusivamente de la Ministra de Hacienda para que presente la propuesta del Poder Ejecutivo, Ministro de Trabajo y Seguridad Social para conocer la incidencia de la reforma en el empleo público y por último la Contralora General de la República para que se refiera a los impactos del proyecto de ley y criterio sobre la propuesta presentada por el Poder Ejecutivo.

Una vez recibidas las respuestas de las instituciones en el plazo establecido y publicado el texto actualizado los diputados (as) podrán presentar mociones de fondo al proyecto en dos días hábiles. El proyecto se tendrá por suspendido en el plenario mientras la comisión especial esté en el conocimiento de las mociones de fondo.

La Presidencia de la Asamblea Legislativa continuará con la responsabilidad establecida en la moción original del 208 BIS, de admitir las mociones de fondo, reiteración y formular las resoluciones correspondientes, en este lapso de tiempo estará suspendido el conocimiento del expediente en el plenario.

Los y las diputadas contarán con cinco minutos para referirse a las mociones de fondo o revisión. Si vencido el plazo para rendir informe la comisión especial quedan mociones pendientes de conocimiento, la Presidenta de la Asamblea Legislativa, destinará las sesiones necesarias para su votación, tanto las mociones de fondo, como de revisión, que se tendrán por discutidas.

Contando el plenario con el último informe de mociones de fondo por la comisión dictaminadora, se dispondrá de seis sesiones para conocer las mociones de reiteración y discutir por el fondo el proyecto de ley, cada diputado contará con un plazo máximo de diez minutos para referirse al proyecto, en primer y segundo debate.

Como observamos, aprobar un proyecto de ley de esta magnitud, no es cosa sencilla, bajo la experiencia dudo muchísimo que el proyecto de ley quede aprobado y publicado en el mes de noviembre tal y como lo pronostican, espero equivocarme. No obstante, se dejan de lado los tiempos y realidades en la Asamblea Legislativa, como son los temas de conformación del quorum, conferencias de prensa, ampliación de plazos necesarios por parte Presidenta de la Asamblea Legislativa para conocer mociones de fondo, revisión y reiteración y los tiempos utilizados para otros temas de importancia de Nacional. No dejo de insistir en que los cambios que requiere nuestra nación, precisan de VOLUNTAD POLÍTICA.

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