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Reglas para construir en Guanacaste cambian

Redacción La República redaccion@larepublica.net | Jueves 10 abril, 2008




Altura y densidad de las obras serán limitadas
Reglas para construir en Guanacaste cambian

• Disposición será aplicada en cantones que carecen de planes reguladores

Karen Retana
kretana@larepublica.net

El paisaje de algunas playas guanacastecas hoy luce colmado de lujosas e inmensas estructuras de concreto, las cuales han proliferado de forma desordenada.
Esta región ha experimentado un boom inmobiliario en los últimos años, situación que tomó por sorpresa a las autoridades de cada cantón, las cuales admiten que el vertiginoso crecimiento de la construcción se les fue de las manos.
Ante este panorama, el Poder Ejecutivo marcó la cancha y cambió las reglas del juego para quienes desean edificar obras en esa provincia.
La firma de un decreto tratará de mitigar la falta de planificación urbana en la región, a través de una serie de pautas que pondrán en cintura las nuevas construcciones.
Entre los lineamientos que contempla el decreto se encuentra la cobertura, altura, retiro y densidad del espacio geográfico en proyectos ubicados 4 kilómetros después de la playa.
Para ello se toman en cuenta cuatro zonas como son la pública —primeros 50 metros de playa—, la restringida —hasta 150 metros después de los mojones—, intermedia —800 metros después de la zona restringida— y la interna, que contempla hasta tres kilómetros después de la línea final intermedia.
Es decir, en las áreas privadas ubicadas dentro de la zona restringida, las edificaciones no podrán exceder los 16 metros de altura o tres pisos aproximadamente; mientras que en el área intermedia el límite será unos 24 metros de altura o cinco pisos aproximadamente.
En el área interna, aquella que se ubica a cuatro kilómetros del amojonamiento costero, el máximo permitido para construir en altura será 36 metros, es decir ocho pisos.

Dichas directrices serán asumidas por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y aplicadas a su vez por aquellas municipalidades que carecen de plan regulador, a partir de su publicación en La Gaceta. Su vigencia es de cuatro años
“La medida permitirá garantizar que las construcciones no perjudicarán el paisaje natural de la región y no causarán un deterioro sobre el recurso natural que los rodea”, sostuvo Carlos Ricardo Benavides, ministro de Turismo
El titular agregó que la iniciativa surge en un momento en que gran parte de la zona costera del país aún no se ha desarrollado.
El objetivo es que el decreto pueda ampliarse a otras regiones, agregó Benavides.
Para agrupaciones como el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, la disposición debe ser
tomada como una herramienta de transición, mientras las municipalidades realizan los planes reguladores, indicó Olman Vargas, presidente de esta institución.
Por su parte, el Consejo de Desarrollo Inmobiliario señala que el decreto es el resultado de la ausencia de una planificación en ciertas regiones del país, lo cual ha generado un crecimiento desordenado con carencia de infraestructura acorde con las características de la zona.

“Nunca es tarde, colaboramos con el gobierno para que el decreto saliera balanceado tomando en consideración las diferentes zonas definidas en el decreto”, señaló Enrique Eglof, presidente de la agrupación.









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