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Procesal Laboral: no al todo o nada

Rodolfo Piza | Miércoles 12 agosto, 2015


Declarada la inconstitucionalidad, debemos trabajar para lograr los beneficios del CPL, sin tener que pagar sus excesos
 

Procesal Laboral: no al todo o nada

El año pasado promovimos la negociación y rechazamos el levantamiento del veto al Código Procesal Laboral (CPL). Algunos grupos se opusieron a buscar acuerdos, el Presidente sucumbió a la presión de un partido y se precipitó a levantar el veto, en lugar de propiciar un diálogo que sentara a las cámaras, a los sindicatos y a las fracciones legislativas para encontrar un acuerdo.
Por el contrario, la Unidad propugnó el entendimiento y un proceso expedito para alcanzarlo. “A partir de ahora, decía entonces, el debate terminará en la Sala Constitucional”. Así ocurrió.
Declarada la inconstitucionalidad, debemos trabajar para lograr los beneficios del CPL, sin tener que pagar sus excesos: discutir las reformas necesarias para prohibir huelgas en servicios públicos fundamentales, limitarlas en los demás (garantizando servicios esenciales), exigir un porcentaje mínimo para convocarlas (un 40% parece razonable), limitar excesos y exigir prueba de discriminación y realizar otros ajustes puntuales.
Vuelve la responsabilidad a la sede legislativa. Lo procedente ahora y siempre es encontrar soluciones a un tema que se ha venido postergando. El proyecto original es rescatable en un 90% y es necesario para proteger derechos esenciales de los trabajadores. ¿Qué reformas se necesitan?:
a) Prohibir huelgas en servicios públicos fundamentales como los de policía, agua y electricidad, telefonía y comunicación, atención de emergencias, tráfico aéreo, atención de salud (no solo emergencias), servicios de transporte mientras no termine el viaje, la carga y descarga en muelles y atracaderos (al menos de los productos perecederos);
b) garantizar “servicios esenciales” en los demás servicios públicos. Hoy, aunque teóricamente se prohíben las huelgas, en realidad se desarrollan al amparo de la presión social y de la propia judicatura, sin garantizarse, siquiera, los servicios esenciales;
c) para las huelgas en el sector privado, exigir la participación de al menos 30 o 40% de los trabajadores. La versión original no exigía ningún porcentaje;
d) declarada la ilegalidad de la huelga, exigir la reincorporación al trabajo en 24 horas (no 48 horas);
e) en los procesos de discriminación laboral, exigir al trabajador demostrar esa discriminación. Antes, la carga de la prueba se exigía únicamente al patrono;
f) establecer un proceso sumario de prueba (no un debido proceso para el despido con el solo alegato de discriminación);
g) regular mejor la reinstalación y los salarios caídos de un trabajador con fuero especial;
h) dentro del respeto a los derechos laborales (individuales y colectivos) eliminar trámites administrativos dizque preventivos, que entrabarían la creación de empleos y la flexibilidad en las relaciones laborales.
Todo proyecto es perfectible y estoy seguro de que los representantes laborales, empresariales y legislativos, aportarán nuevas ideas y mejorarán lo dicho. Todos tendremos que ceder un poco. Pero de eso trata la democracia. Los que apostaron por “todo” quedaron con “nada”; pero persistir en “nada” terminaría reventándonos en la cara. Sí al equilibrio, sí al “ganar ganar”.
Perdimos unos años, pero seguimos necesitando una justicia laboral mejor y más expedita. Que dé seguridad jurídica a los empleadores y que garantice el acceso y la protección a los trabajadores.

Rodolfo E. Piza Rocafort
 

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