No hay alternativa para la Sala Constitucional
Alejandro Madrigal alejandro.madrigalrivas@gmail.com | Viernes 27 julio, 2018
No hay alternativa para la Sala Constitucional
Un hecho sin precedentes: la Sala Constitucional anunció que entre las primeras dos semanas de agosto emitiría las resoluciones sobre matrimonio igualitario y unión de hecho para parejas del mismo sexo, las cuales, para ser reconocidas, necesariamente implican reformar (¡y actualizar!) el Código de Familia. Un código que hoy día reconoce poco de la realidad contemporánea de la familia, el cual es un concepto mucho más amplio de lo regulado por sus artículos y que necesita urgentemente que se modifiquen los artículos e incisos discriminatorios y excluyentes.
En este momento el código solo reconoce como familia las parejas integradas por personas de diferente sexo. Sostener esta política es una grave injusticia, porque obliga a miles de familias y parejas formadas entre personas del mismo sexo a vivir al margen de la ley, sin poder acceder a muchas figuras legales y reconocimientos cotidianos, como la visita hospitalaria, la herencia, el conjugar salarios para adquirir créditos, pensiones, y un enorme etcétera. Y no, la solución no es crear una figura aparte, distinta, para las parejas del mismo sexo. Eso es discriminatorio e injusto, sería un mensaje muy fuerte de que la unión de esas dos personas no merece el mismo reconocimiento por el Estado, que no son familia, y unas parejas valen más que otras. Sería legitimar un trato diferenciado y desigual para las parejas del mismo sexo, lo cual no es otra cosa más que discriminar por orientación sexual. En un Estado social de derecho no cabe tener ciudadanos con más derechos unos que otros.
Para los que estos argumentos no resuenan, hay que recordar que toda esta discusión es sobre el matrimonio civil, no religioso, y como tal se trata de un contrato, una figura jurídica. Pero más que eso, se trata de una institución social que lleva mucho tiempo de existir y que ha cambiado en el tiempo de acuerdo con las normas de los países. En diferentes tiempos y/o lugares ha sido legal que un hombre tenga varias esposas, o que tengan esposas muy jóvenes o que no exista el divorcio, por mencionar algunos ejemplos. Así como posibilidades como esas han sido modificadas para adaptar el matrimonio a una sociedad más justa, hoy urge un nuevo cambio para que siga en esa misma línea: garantizarlo para todos los tipos de parejas, sean o no de diferente sexo.
Ahora, ¿por qué la Sala Constitucional no tiene otra alternativa más que reconocer la figura y derogar los incisos que hoy impiden que parejas del mismo sexo contraigan matrimonio o formen una unión de hecho? Por las mismas decisiones que ha tomado en el pasado y por la gran herencia de respeto a los derechos humanos que tiene Costa Rica. Lo primero, porque ya la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de la cual Costa Rica es sede, lo dijo muy claramente. Al haber sido firmantes de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, la hemos convertido en un documento más de nuestro marco jurídico que debemos cumplir, y si el tribunal que la hace cumplir nos dice que no lo estamos haciendo, no queda otra opción sensata más que modificar las leyes que implican ese incumplimiento.
Y con mucha más razón en este caso, donde fue el mismo Estado costarricense el que emitió la consulta. Si un tribunal internacional como la Corte-IDH nos da la instrucción de que no estamos cumpliendo con lo que nosotros mismos hemos firmado, y hacemos caso omiso, ridiculizamos la convención, nos convertimos en un Estado que cumple solo lo que quiere (propio de estados con tintes dictatoriales) y quedamos en ridículo ante la comunidad internacional.
Pero lo más importante no es el ridículo y que nuestra palabra como Estado no valga por firmar acuerdos internacionales que después no estamos dispuestos a cumplir. Lo más importante es que Costa Rica por muchos años ha sostenido un discurso hasta vanguardista en la defensa de la derechos humanos y del derecho internacional. Hoy esa de defensa implica ampliar y actualizar el concepto jurídico de familia, le duela al conservador que sea. La Sala Constitucional sabe muy bien lo imperativo que es hacer caso de estas opiniones consultivas y/o sentencias internacionales, y así lo ha expresado en mucho fallos y sentencias anteriores. No puede ahora caer en la gran contradicción que implica el fallar de otra forma.
En muchos países han sido las cortes supremas de justicia las que han inclinado la balanza para romper con una injusticia que lleva siglos existiendo contra las personas gais y lesbianas. Confiamos en que en Costa Rica pasará lo mismo.
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