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Viernes, 13 de diciembre de 2024



IVA


Moratoria del IVA para servicios turísticos comienza a regir desde hoy

Jeffry Garza jeffrygarza.asesor@larepublica.net | Miércoles 19 agosto, 2020


Un dólar en la arena bajo una sombrilla rosada
Imagen con fines ilustrativos. Shutterstock/La República


Los servicios turísticos como transporte de personas, guías y alquiler de vehículos, entre otros, que estén inscritos ante el ICT, dejarán de pagar IVA partir de hoy y hasta por un año.

Estos estarán exentos los primeros dos años de vigencia de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas gracias a una reforma aprobada por los diputados.

Asimismo, se establece que estarán sujetos a una tarifa reducida del 4% durante el tercer año de vigencia de la ley (1° de julio del 2021), y a una tarifa reducida del 8% durante el cuarto año de vigencia de esta ley (1° de julio del 2022).

También, a partir del quinto año (1° de julio del año 2023), estarán sujetos a la tarifa general del Impuesto sobre el Valor Agregado.

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Las obligaciones tributarias devengadas desde el 1° de julio de 2020 hasta la entrada en vigor de la reforma contenida en esta ley se deberán declarar y pagar al fisco en los términos previstos anteriormente.

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Servicios como hospedaje y alimentación, que ya estaban gravados con el impuesto de ventas, sí deberán pagar IVA, ya que no fueron incluidos en la reforma.


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