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Los privados al derecho de votar

Carlos Denton cdenton@cidgallup.com | Miércoles 23 diciembre, 2009



Los privados al derecho de votar


Hay un grupo de aproximadamente 20 mil ciudadanos costarricenses que no podrán votar el 7 de febrero próximo, no obstante las garantías claras e innegables que les da la Constitución Política. Estos se quedarán al margen por reglas burocráticas establecidas por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y el Registro Civil, en un caso clásico donde un gobierno obliga al pueblo a adaptarse a sus necesidades en vez de lo contrario, como uno esperaría que fuera el caso en una democracia como la costarricense.
Me refiero a los ciudadanos que nacieron entre el 7 de octubre de 1991 y el 6 de febrero de 1992.
Las razones no son claras, pero por una norma el TSE estableció que toda persona nacida entre esas fechas tenía que ir al Registro Civil para empadronarse antes del 7 de octubre de 2009, si quería votar en 2010. Ahora se defienden diciendo que anunciaron este reglamento ampliamente en los medios, y los que no acataron esa decisión no pueden votar. No importa si estos ciudadanos tienen cédula de identidad, están fuera.
Es difícil entender cómo llegaron a la fecha 7 de octubre y no 7 de enero, 30 días antes de las elecciones u otra fecha. De todos modos ninguna fecha es aceptable. En la época de las computadoras, parece insólito que una institución requiere 120 días para alistar los padrones electorales, y por ese motivo los cerraron tan temprano. ¿Y por qué no usaron la dirección en la Tarjeta de Identificación de Menores (TIM) que casi todos tenían para empadronarlos?
He releído la Constitución Política y no encuentro dónde dice que un ente estatal puede imponer un reglamento de este tipo que infringe el derecho de votar de los ciudadanos.
La única explicación que me puedo dar a esta acción arbitraria es que los magistrados no quisieron incurrir en horas extras para los empleados públicos del Registro Civil. Sin duda estos necesitan descansar, pero uno se pregunta si cada cuatro años, cuando normalmente se celebran elecciones en Costa Rica, no podrían extender el horario del Registro para facilitar los trámites tan indispensables. Los funcionarios podrían descansar en otra época del año.
Confieso que personalmente estoy interesado en esto porque mi nieto Phillip Denton Glad, nacido el 14 de noviembre de 1991 y mi ahijada Karol González Morales, nacida el 27 de noviembre del mismo año, poseedores de cédulas de identidad ahora, y ciudadanos del país, no podrán votar. Ambos estudian y en dos ocasiones en setiembre fueron al Registro para ver lo del “empadronamiento” y enfrentaron largas filas —para peor a uno de los dos le dijeron que por “ser menor todo trámite tenía que ser acompañado por un adulto”. Por supuesto cuando ya llegaron a la mayoría, había pasado la fecha del 7 de octubre que impusieron para el empadronamiento.
A mí me ha extrañado que ninguno de los candidatos presidenciales o los partidos políticos se haya percatado de esta anomalía. Deberían todos estar presionando al TSE para que modifique el reglamento. Y si no quieren presionar, ¿por qué no reportar esta anomalía al Centro Carter y a la Organización de Estados Americanos? Les pudiera interesar que 20 mil ciudadanos ticos no puedan votar por una razón tan extraordinaria.

cdenton@cidgallup.com

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