Lecciones de la crisis: regulación y autorregulación
Lecciones de la crisis: regulación y autorregulación
María José Cole H.
Directora legal
El pasado mes de noviembre, la ciudad de Bogotá sirvió de anfitriona a la primera Reunión de Autorreguladores de América, cuyo objetivo fue brindar un espacio para abordar discusiones complejas sobre el papel de la autorregulación, así como las perspectivas y el futuro de los distintos modelos de autorregulación de cara a la actual crisis financiera.
Una definición sencilla de autorregulación es el sistema mediante el cual los agentes de cualquier negocio o industria se ponen de acuerdo sobre unas reglas de juego, que son vinculantes para todos y cuyo incumplimiento tiene repercusiones, sin que exista necesariamente una injerencia del Estado. En este sentido, se pueden establecer normas de conducta en clubes sociales o asociaciones, donde si bien la afiliación es voluntaria, las normas se tornan obligatorias para sus miembros.
Donde la autorregulación ha tenido mayor desarrollo es en los mercados de valores. Es ahí donde los esquemas de autorregulación han sido concebidos como una actividad complementaria y no sustituta de las autoridades de regulación estatal, hasta convertirse en una herramienta útil para preservar la estabilidad del mercado y brindar mayor protección a los inversionistas.
Es importante destacar que el concepto de “autorregulación” no debe entenderse de ningún modo como “desregulación” o como ausencia de intervención por parte del Estado. La autorregulación es un componente complementario a las actividades de regulación y supervisión del Estado, cuya acción conjunta es clave para la competitividad y eficiencia de un mercado.
Por otra parte, no existe un modelo de autorregulación único, sino diversos modelos que van desde esquemas donde el gobierno mantiene la mayoría de las potestades regulatorias y de supervisión (FSA en Inglaterra), pasando por aquellos donde las bolsas de valores realizan diversas funciones regulatorias sobre el mercado y sus miembros (NYSE en EE.UU. o BSM en Brasil), hasta modelos de autorregulación donde dichas facultades se le atribuyen a una entidad independiente de las bolsas y del Estado (AMV en Colombia).
Ninguno de estos esquemas sustituye la necesidad de un buen regulador, con independencia y visión, así como con un mandato legal y capacidad adecuada. La reciente crisis ha mostrado que existen fallas grandes en la estructura regulatoria de los mercados financieros; muchas de ellas generadas por inadecuados incentivos e intereses desalineados. Pero la solución no es la “sobrerregulación” o el cierre de los mercados, sino más bien el fortalecimiento de los esquemas de autorregulación como mecanismos de apoyo que permitan encontrar la estructura adecuada para la supervisión del mercado.
El reto de la autorregulación consiste en demostrar que el trabajo conjunto entre reguladores y autorreguladores es la alianza más positiva para conciliar el desarrollo y la seguridad en los mercados de capitales.
María José Cole H.
Directora legal
El pasado mes de noviembre, la ciudad de Bogotá sirvió de anfitriona a la primera Reunión de Autorreguladores de América, cuyo objetivo fue brindar un espacio para abordar discusiones complejas sobre el papel de la autorregulación, así como las perspectivas y el futuro de los distintos modelos de autorregulación de cara a la actual crisis financiera.
Una definición sencilla de autorregulación es el sistema mediante el cual los agentes de cualquier negocio o industria se ponen de acuerdo sobre unas reglas de juego, que son vinculantes para todos y cuyo incumplimiento tiene repercusiones, sin que exista necesariamente una injerencia del Estado. En este sentido, se pueden establecer normas de conducta en clubes sociales o asociaciones, donde si bien la afiliación es voluntaria, las normas se tornan obligatorias para sus miembros.
Donde la autorregulación ha tenido mayor desarrollo es en los mercados de valores. Es ahí donde los esquemas de autorregulación han sido concebidos como una actividad complementaria y no sustituta de las autoridades de regulación estatal, hasta convertirse en una herramienta útil para preservar la estabilidad del mercado y brindar mayor protección a los inversionistas.
Es importante destacar que el concepto de “autorregulación” no debe entenderse de ningún modo como “desregulación” o como ausencia de intervención por parte del Estado. La autorregulación es un componente complementario a las actividades de regulación y supervisión del Estado, cuya acción conjunta es clave para la competitividad y eficiencia de un mercado.
Por otra parte, no existe un modelo de autorregulación único, sino diversos modelos que van desde esquemas donde el gobierno mantiene la mayoría de las potestades regulatorias y de supervisión (FSA en Inglaterra), pasando por aquellos donde las bolsas de valores realizan diversas funciones regulatorias sobre el mercado y sus miembros (NYSE en EE.UU. o BSM en Brasil), hasta modelos de autorregulación donde dichas facultades se le atribuyen a una entidad independiente de las bolsas y del Estado (AMV en Colombia).
Ninguno de estos esquemas sustituye la necesidad de un buen regulador, con independencia y visión, así como con un mandato legal y capacidad adecuada. La reciente crisis ha mostrado que existen fallas grandes en la estructura regulatoria de los mercados financieros; muchas de ellas generadas por inadecuados incentivos e intereses desalineados. Pero la solución no es la “sobrerregulación” o el cierre de los mercados, sino más bien el fortalecimiento de los esquemas de autorregulación como mecanismos de apoyo que permitan encontrar la estructura adecuada para la supervisión del mercado.
El reto de la autorregulación consiste en demostrar que el trabajo conjunto entre reguladores y autorreguladores es la alianza más positiva para conciliar el desarrollo y la seguridad en los mercados de capitales.