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FORO DE LECTORES


El ICE y la apertura de las telecomunicaciones: ¿trato igualitario?

Marco Acuña Mora presidencia@ice.go.cr | Martes 22 noviembre, 2022


MA


Marco Acuña Mora

Presidente de Grupo ICE

presidencia@ice.go.cr

Marco jurídico. Con la firma del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Centroamérica y Estados Unidos, se decidió la apertura del mercado nacional de telecomunicaciones.

En el modelo de mercado adoptado por nuestro país, se optó por la participación de un operador público de telecomunicaciones, en este caso, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE). Por ello, el Legislador dotó al Instituto de un marco jurídico flexible que le permitiera alcanzar cierto grado de equidad con los operadores privados. Tal es el caso de la Ley 8660 de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, en total coherencia con el compromiso adquirido mediante el TLC; de que el operador estatal se convirtiera en un participante competitivo.

En años recientes, la promulgación de nuevas leyes que cubren al ICE ha sido antagónica a esa decisión histórica, como son los casos de la Ley 9986, Ley General de Contratación Pública y la Ley 9635, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. La primera le quita la poca flexibilidad que le queda al ICE para competir en el mercado de las telecomunicaciones, mientras que la segunda pone en riesgo el cumplimiento de los objetivos constitucionales del Instituto, aún cuando el ICE genera sus propios ingresos.

Déficit en la red fija. Con la mencionada apertura del mercado, en 2008, se estableció que para prestar servicios mediante la red de telefonía tradicional (red de cobre) se requería una concesión legal, como la asignada al ICE. Esto para proteger las inversiones realizadas por la Institución en una infraestructura que había sido y sigue siendo fundamental en el desarrollo económico y social del país.

Como parte del análisis realizado al inicio de esta Administración, encontré una situación injustificada, tanto para la sociedad costarricense como para el Instituto. Desde el inicio de la apertura, existió una omisión de la SUTEL para evitar el denominado déficit de acceso –diferencia entre ingreso y costo– en la red de telefonía fija tradicional, construida por el país a lo largo de varias décadas.

Esta omisión regulatoria generó que el Instituto acumulara pérdidas por más de ₡453.000 millones entre 2015 y 2020 –equivalente al 1,3% del PIB– en la operación de la red fija de cobre. Una situación muy grave que pone en desventaja al Instituto frente a sus competidores. El ICE ha presentado ante la SUTEL las debidas propuestas de solución, incluso, desde el inicio de la apertura, sin que se hayan tomado decisiones para garantizar un trato justo.

Espectro. En 1963 y por la Ley 3226, se le adicionó un artículo a la Ley 449 de creación del ICE, para que el Instituto prestara servicios de telecomunicaciones a toda la ciudadanía costarricense. Con esa responsabilidad, fue razonable que se le concesionaran –por ley– las frecuencias del espectro radioeléctrico que le permitieran brindar los servicios, de acuerdo con el avance de la tecnología.

Más actualmente, dentro del marco de la apertura, parte de ese espectro fue devuelto al Estado y también estas concesiones del espectro se ratificaron por ley, para procurar la competitividad y el fortalecimiento del ICE como operador en el mercado que se gestaba.

Hoy, en adición a lo planteado, se suman años de presión por parte de la SUTEL y otros operadores del mercado para que el Estado recupere el espectro que necesita el ICE para desplegar sus redes 5G y que legalmente se le concesionaron. Como lo ha expresado el propio Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), ya existe suficiente espectro disponible para una subasta que garantice el avance de Costa Rica en la carrera de la modernización de las telecomunicaciones.

Respecto a la garantía de uso pleno de espectro, el mismo Instituto ha gestionado ante la SUTEL la necesidad de eliminar la distorsión que limita el uso de lo asignado al ICE en la banda de 2.100 MHz, debido a que este segmento es afectado por interferencias causadas por los teléfonos inalámbricos basados en la tecnología DECT (Digital Enhanced Cordless Telecomunications), sin que a la fecha haya solución, limitándosele al ICE el uso de ese espectro.

Veamos hacia el futuro. Como presidente de Grupo ICE, y principalmente como costarricense, debo decir que los elementos aquí expuestos comprometen el sano desarrollo del país, al representar distorsiones en el mercado de las telecomunicaciones, que afectan de manera directa la participación del ICE en condiciones equitativas.

La política pública de reducción de la brecha digital, la solidaridad y el acceso universal a las telecomunicaciones son elementos que se ven seriamente perjudicados con las acciones del Regulador y sectores con influencia, debido a que la responsabilidad depositada en la SUTEL –a través de FONATEL– no ha tenido los resultados esperados, según lo confirmó la Contraloría General de la República desde 2020.

El ICE merece un trato justo por el bien de la sociedad costarricense, en especial al considerarse que es y debe seguir siendo la empresa del Estado que garantiza la democratización del acceso a las telecomunicaciones y la electricidad, para asegurar las mismas oportunidades a todas las personas, sin importar su origen o su ubicación geográfica.







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