Chisporroteando un chisporroteo
| Viernes 15 marzo, 2013
Chisporroteando un chisporroteo
Se equivoca don Alberto Cañas con sus ideas, expresadas en su columna del 29.12.12, sobre la absolución para el expresidente Rodríguez Echeverría:
1- El caso no se siguió en exclusiva contra el expresidente.
2- En un Estado de Derecho, los ciudadanos (hasta los expresidentes) deben tener certeza de que nadie —ni siquiera la fiscalía— los perseguirá usando pruebas ilegales, lo cual no es un “un golpe de efecto procedimental”, sino atributo del sistema legal democrático.
3- La prueba 588 (la prueba de Panamá), que con fundamento suficiente se ha declarado ilegal: no atañe a hechos de o contra el expresidente.
4- Sin prever la invalidación de esta prueba y de todo el proceso, no se logró acusar al expresidente de lo que anunciaron en 2004 el exfiscal Dall’Anesse, Telenoticias, La Nación, el expresidente Pacheco y un largo etc. Al expresidente le acusaron, finalmente, por corrupción y —solo dos juezas— lo encontraron culpable —sin más—, por la supuesta “incitación al delito” con Lobo Solera, basándose para ello en creerle a Lobo que el expresidente le dijo unas supuestas palabras con las que se vio “exigido” a aceptar la recompensa de Alcatel; declaraciones de Lobo de las que no consta más que su palabra: palabra de un delincuente confeso que buscaba desde el inicio que ni él, ni su esposa, purgaran por sus delitos.
5- Aceptando —con reservas— que es como dice don Alberto que: “la prescripción es el recurso final de los defensores”, en la “incitación al delito”, NO CABE LA PRESCRIPCIÓN, por ello “el fallo guadalupano” —que ABSUELVE PLENAMENTE a don Miguel Ángel— está siendo celebrado por “los círculos” que queremos y creemos en el Estado de Derecho y el imperio de la Ley.
Ricardo A. Salas-Bonilla
Exasesor ministro de Trabajo, exasesor presidente ejecutivo INA, exasesor diputado Mario Quirós Lara