Aprobada Ley de Propiedad Intelectual
Redacción La República redaccion@larepublica.net | Martes 08 julio, 2008
Aprobada Ley de Propiedad Intelectual
Carlos Jesús Mora
cmorah@larepublica.net
La agenda del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos (Cafta) sumó un punto a favor al inicio de esta semana.
La Comisión Plena Segunda aprobó anoche en segundo debate el Proyecto de Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, iniciativa que forma parte de la Agenda de Implementación del convenio.
Este proyecto tiene como objetivo fortalecer y facilitar la observancia, es decir, el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual, por parte de las autoridades nacionales y extranjeras.
Este proyecto fue uno de los más polémicos durante la tramitación de la agenda de acompañamiento, pues la Sala IV lo había declarado inconstitucional por contemplar penas y sanciones en contraposición con la Constitución.
En este sentido la ley otorga la potestad para que en un caso de delito contra la propiedad intelectual de cualquier proyecto o persona el juez tenga la facultad de escoger entre una sanción de carácter pecuniario, es decir, una multa, o una pena privativa de libertad.
De igual manera se incorpora un sistema de indemnización predeterminada conforme a la cual el titular del derecho podrá, a su elección, solicitar que los daños y perjuicios acreditados judicialmente, sean compensados por una suma única.
Carlos Jesús Mora
cmorah@larepublica.net
La agenda del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos (Cafta) sumó un punto a favor al inicio de esta semana.
La Comisión Plena Segunda aprobó anoche en segundo debate el Proyecto de Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, iniciativa que forma parte de la Agenda de Implementación del convenio.
Este proyecto tiene como objetivo fortalecer y facilitar la observancia, es decir, el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual, por parte de las autoridades nacionales y extranjeras.
Este proyecto fue uno de los más polémicos durante la tramitación de la agenda de acompañamiento, pues la Sala IV lo había declarado inconstitucional por contemplar penas y sanciones en contraposición con la Constitución.
En este sentido la ley otorga la potestad para que en un caso de delito contra la propiedad intelectual de cualquier proyecto o persona el juez tenga la facultad de escoger entre una sanción de carácter pecuniario, es decir, una multa, o una pena privativa de libertad.
De igual manera se incorpora un sistema de indemnización predeterminada conforme a la cual el titular del derecho podrá, a su elección, solicitar que los daños y perjuicios acreditados judicialmente, sean compensados por una suma única.