Actualidad Fiscal: Convenios de intercambio de información
Francisco Villalobos fvillalobos@icstax.com | Martes 08 abril, 2008
Actualidad Fiscal
Convenios de intercambio de información
Francisco Villalobos
¿En un país con renta territorial? Ojo: sabemos, porque así lo han anunciado, que el Gobierno tiene un nuevo plan fiscal debajo de la manga, ¿renta mundial?. Por mucho que moleste a la fracción libertaria —suponemos que el PUSC aún es fracción— y desconocemos si a esa fracción también le molestan los impuestos (o sea, la mejor forma conocida de redistribuir riqueza y de hacer chocolate con cacao). Y esto de que el PUSC es un partido, me parece, lo tienen claro solo La Nación y mi amigo Jorge Guardia, un ex presidente que quiere ser candidato y de seguro algunos socialcristianos a quienes les resulta gordo tener que ser ahora liberacionistas, partido que creo hoy más afín a sus intereses (y por lo tanto cualquier cosa con vida bajo la etiqueta PUSC será bienvenida para ellos) . Reflexiones no más. Pero a lo que vinimos: ahora que se está allanando el camino a la aprobación del TLC, el país puede entonces continuar con sus discusiones digamos “usuales”. Entonces, recopilo algunas de las razones presentadas en una investigación reciente presentada en la Facultad de Derecho de la UCR, para pensar que los convenios para intercambiar información sirven para mejorar la recaudación de un país chiquitico y de renta territorial: durante 2007, Costa Rica le planteó al IRS de Estados Unidos, con quien tiene convenio, siete requerimientos, lo cual a juicio de la investigación, “comprueba la necesidad del intercambio independientemente del sistema de sujeción”. ¿Y para qué los requerimientos? “Para identificar establecimientos permanentes, investigar empresas de turismo receptivo, determinar la veracidad del gasto deducible; comprobar la existencia real de un local comercial en el exterior; determinar incrementos injustificados de patrimonio; controlar operaciones de naturaleza bancaria; controlar la subcapitalización; controlar precios de transferencia; determinar la vinculación entre empresas; controlar y prevenir triangulaciones; determinar la ocultación de ingresos por servicios gravados. Bueno, así o más claro.
fvillalobos@icsconsultores.com
Convenios de intercambio de información
Francisco Villalobos
¿En un país con renta territorial? Ojo: sabemos, porque así lo han anunciado, que el Gobierno tiene un nuevo plan fiscal debajo de la manga, ¿renta mundial?. Por mucho que moleste a la fracción libertaria —suponemos que el PUSC aún es fracción— y desconocemos si a esa fracción también le molestan los impuestos (o sea, la mejor forma conocida de redistribuir riqueza y de hacer chocolate con cacao). Y esto de que el PUSC es un partido, me parece, lo tienen claro solo La Nación y mi amigo Jorge Guardia, un ex presidente que quiere ser candidato y de seguro algunos socialcristianos a quienes les resulta gordo tener que ser ahora liberacionistas, partido que creo hoy más afín a sus intereses (y por lo tanto cualquier cosa con vida bajo la etiqueta PUSC será bienvenida para ellos) . Reflexiones no más. Pero a lo que vinimos: ahora que se está allanando el camino a la aprobación del TLC, el país puede entonces continuar con sus discusiones digamos “usuales”. Entonces, recopilo algunas de las razones presentadas en una investigación reciente presentada en la Facultad de Derecho de la UCR, para pensar que los convenios para intercambiar información sirven para mejorar la recaudación de un país chiquitico y de renta territorial: durante 2007, Costa Rica le planteó al IRS de Estados Unidos, con quien tiene convenio, siete requerimientos, lo cual a juicio de la investigación, “comprueba la necesidad del intercambio independientemente del sistema de sujeción”. ¿Y para qué los requerimientos? “Para identificar establecimientos permanentes, investigar empresas de turismo receptivo, determinar la veracidad del gasto deducible; comprobar la existencia real de un local comercial en el exterior; determinar incrementos injustificados de patrimonio; controlar operaciones de naturaleza bancaria; controlar la subcapitalización; controlar precios de transferencia; determinar la vinculación entre empresas; controlar y prevenir triangulaciones; determinar la ocultación de ingresos por servicios gravados. Bueno, así o más claro.
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