A ver, entendámonos 2
Humberto Pacheco humberto.pacheco@pachecocoto.com | Martes 15 marzo, 2016
Trotando mundos
A ver, entendámonos 2
Registro de accionistas, gritan los comunistas! Para que Albino, quien afirmó públicamente tener poderes de penetración en Hacienda, y sus secuaces, tengan fácil acceso a la información privada del sector industrial, comercial y de servicios del país. Y saber adonde vive, cuanto valen sus casas de habitación y otros datos personales. Como sí poniendo el Registro en otra oficina algo cambiara.
350.000 compañías, vuelven a gritar. Rateros, traficantes, defraudadores, claro, salvo ellos mismos. Pero TECNICA Y CIENTIFICAMENTE no hay ningún propósito fiscal detrás de este registro, que no mantienen ni los principales países del G20.
Primero insistieron en abrir las cuentas bancarias para que cualquier empleado de gobierno que las pidiera, tuviera fácil acceso a la información de cualquier contribuyente, desechando la protección judicial que establece la ley. Ante la resistencia que se generó, intentaron hacer ciertas maniobras engañosas para neutralizar al juez.
Ahora son los nombres de los accionistas, caso idéntico al de las cuentas porque es patrimonio personal, a pesar de que también se dispone de leyes que permiten recurrir a un Juez para obtener la información si se llegará a JUSTIFICAR. Aduciendo- MENTIRA- que es necesario para perseguir a los que no pagan impuestos, insisten en el peligro que se corre ante la OCDE- MENTIRA, ambas demostrables.
Cuando una persona física usa una compañía para realizar sus actividades comerciales, industriales o de servicio, con el fin de limitar su responsabilidad en ese proyecto, el sujeto de impuesto de la renta es la compañía, NO la persona física. De ahí lo que se llama personalidad jurídica, que separa el patrimonio personal del corporativo. Sí una compañía tiene un buen año y, tras pagar su impuesto de la renta correspondiente, escoge distribuir dividendos, es la compañía la que debe retener el impuesto y entregárselo al fisco, no la persona física.
El titular de las acciones cuyo nombre persiguen no tiene que pagar NADA, ni impuesto sobre la renta por los ingresos, ni impuesto de dividendos por las distribuciones; esas dos obligaciones recaen legal y exclusivamente sobre la compañía.
Sí el Gobierno necesita saber la procedencia del capital que el titular de las acciones invirtió en su compañía, eso no tiene NADA de tributario. Para eso existen otras leyes, bancarias y penales, que le permiten investigarlo. Pero eso en NINGUN caso acarreará obligación tributaria para el titular de las acciones. Si la compañía cumplió con el pago de los impuestos arriba descritos, la deuda fiscal está cancelada. Sí no, se persigue a la compañía.
El registro festinado de accionistas que pretenden crear no tiene fundamento; es un morbo para saber quienes son los accionistas, morbo dañino para la seguridad de sus familias y desestimulante para los inversionistas, en un país inseguro que además, según afirma La República de 22 de febrero, está sufriendo una “percepción de riesgo entre las peores de Latinoamérica”.
Y en cuanto a la segunda MENTIRA, Gurriá no dijo que no crear el Registro de Accionistas fuera un deal breaker. Se limitó a decir, cuando lo presionaron, que cada país tiene su sistema. No tenía como, porque no nos podía exigir MAS que a otros miembros de la OCDE- como Inglaterra, Canadá y el mismo Estados Unidos- que NO lo tienen. En los dos primeros la información NO SE DA sino es mediante ORDEN JUDICIAL, como actualmente establece la ley en Costa Rica. (SIGUE)
Lic. Humberto Pacheco A., M.C.L.
vikocr@racsa.co.cr
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