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Multas de tránsito se van a pique

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Sábado 23 junio, 2012




Hasta un 80% menos en sanciones
Multas de tránsito se van a pique

Temen algunos diputados que Sala IV declare ilegal categorización de los choferes

Con la posible entrada en vigencia de la nueva ley de tránsito, se viene una reducción en las multas de hasta un 80%.
La disminución tan sustancial aprobada por el Congreso, se debe al temor de que toda la labor realizada, sea echada por la borda en un abrir y cerrar de ojos.
Y no es para menos, durante el último año, la Sala IV ha declarado que multas de ¢270 mil son ilegales.
Esto, a pesar de que penaban conductas peligrosas, como conducción temeraria y el irrespeto a las señales fijas.
Ante este panorama, los legisladores apostaron por disminuir la rigurosidad.
A delitos como conducir ebrio, virar en “U” o rebasar en una curva, se les aplicará una sanción de ¢280 mil, en vez de los ¢468 mil que se cobran actualmente.
Esto significa una disminución del 40%.
Otras penas que disminuyeron considerablemente, están relacionadas con el no uso del booster (60%), manejar sin luces (60%) y conducir mientras se usa el celular (73%).
Sin embargo, la multa que se redujo más es para los conductores que circulen en las carreteras, sin haber obtenido la licencia.
En ese caso, la reducción es del 80%, pasando de ¢468 mil a ¢94 mil.
“Existe un temor real de que la Sala IV declare ilegales las multas propuestas, tal como lo ha venido haciendo en el último año. Esperamos que con estas sanciones propuestas no haya problemas, pues lo que se hizo fue ajustar las penas de 1993 a términos reales, ojalá que así no quede descubierto nada”, indicó Silvia Bolaños, directora ejecutiva del Cosevi.
Para que la reforma a la ley de tránsito entre a regir, aún debe ser aprobada en segundo debate en el Congreso y ser consultada en Sala IV.
Además de las multas, los legisladores temen que la división de los conductores en dos categorías, sea ilegal.
Uno de los puntos que generaron mayor debate entre los legisladores, fue el nivel de alcohol permitido.
Al término, se optó por establecer dos parámetros, uno para los conductores con más de tres años de manejar y otro para los novatos y los considerados como profesionales, es decir, aquellos que manejan como actividad laboral.
En el primero de los casos, los choferes a los que se les detecte una concentración de licor entre 0,25 y 0,38 miligramos en el aire espirado, tendrán que pagar ¢280 mil.
Mientras que para noveles y profesionales, esa misma pena económica se aplicará cuando se detecte una concentración entre 0,10 y 0,25 miligramos de licor en el aire espirado.
Asimismo, si los conductores exceden los límites superiores para su categoría, se exponen a una pena de uno a tres años de cárcel, así como a la pérdida de la licencia.
“Hemos señalado hasta el cansancio, que esas categorías son ilegales. Lo peor de todo, es que cuando la Sala se lo traiga abajo, el 100% de los choferes podrá tomar y manejar de manera impune”, indica Carlos Avendaño, diputado de Restauración Nacional.

Esteban Arrieta
earrieta@larepublica.net






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